Disolución de condominio

Un familiar se compro a medias ( 50 % cada uno) un piso con su pareja ( no están casados, ni pareja de echo...) ¿Actualmente hay una hipoteca de 50.000?. Solo lo ha pagado él.
El señor se vendió una casa a su nombre y compro un piso ( libre de cargas) y lo puso a nombre de la señora.
Ahora se separan :
- Hay alguna manera de demostrar que la compra del segundo piso fue ilícita por parte de la señora, ¿ya qué el dinero provino de la venta de una casa a nombre del señor? ¿Qué le pasaría al señor?
- ¿Ella ha propuesto que se queda con el piso con la carga y le cambia el nombre al otro piso? Como se puede instrumentar, ya que no pueden hacer disolución de condominio porque no son pareja. Mediante compra venta se pagan muchos impuestos no se si se puede hacer mediante permuta...
-¿La finca que tiene la hipoteca se abría de cancel.lar para hacer el cambio de nombre?
¿Qué crees que se podría hacer?
Respuesta
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Es un tema algo complicado. A ver, podéis articular el cambio de viviendas mediante la figura de lapermuta claro está, pero sobre todo habrá que moficiar esa hipotewca, dado que cuando hubiese algún problema podrían ir contra los bienes de vuestro familiar. Creo que lo mejor es que esta persona vaya al banco y se informe del cambio de hipoteca (que no debe tener ningún problema en principio) y realizar la permuta de las viviendas, pues es muy difícil demostrar lo que has señalado, y en cualquier caso debéis demostrar que la mujer no medio pago al comprador, pero al hacerlo él se puede considerar una donación y no es ilícita, así que podríais meteos en un procedimiento y que encima os costara dinero y no sacar nada.
Al final la señora le devuelve al señor el piso libre de cargas, mediante dación por impago, y el otro queda para los dos aunque vivirá ella.
¿Pero no entiendo mucho lo del tema de la dación eso signafica que la señora le vende el piso pero el señor no tiene dinero para pagarlo y entonces contrae una deuda con ella para siempre? Me podrías explicarlo un poco o si se te ocurre alguna manera de cambiar el piso de nombre, sin transacción de efectivo ( ¿por qué sino el notario no firma no?).
Muchas gracias de antemano.
Saludos!
La dación en pago es al contrario, que ella no tiene dinero y le debe al señor, por lo que le entrega un bien para pagar la deuda contraída. Eso se pude realizar en la notaría, es una fórmula completamente legal y se cambia la titularidad de la vivienda, dado que se hace reconociendo que debe este dinero pero en lugar de dar el dinero se entrega el bien. Podéis hacer un contrato privado de reconocimiento de deuda y con el proceder al cambio de titularidad por medio de la dación en pago.

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