Varias dudas con la hipoteca...

Hola,
Mi duda es la siguiente, hace tres años compre un piso yo sola. En estos momentos convivo con una persona pero no estamos casados. Quisiera saber cual es la forma más barata de incluir a esta persona en el crédito hipotecario, que pudiera desgravar y de que conste que la mitad de la casa es suya a todos los efectos.
Se que la manera más fácil sería escriturar de nuevo, pero supone otra vez el 10% de gastos. ¿No hay otra vía?.. Y si escrituramos ahora solo para meter a un segundo titular, ¿se puede mantener el importe de hace tres años?
Otra duda es que mi pareja se está desgravando de una cuenta vivienda. Si esta conmigo en el crédito hipotecario y se puede demostrar que vive y paga esa casa, ¿el dinero de esa cuenta se podría justificar así? De manera que no tengamos que devolver lo que ya ha desgravado..
Muchas gracias por tu ayuda
Un saludo
Respuesta
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Si tu pareja se coloca en la hipoteca y no emplea lo desgravado en el pago de esta hipoteca, tendréis que devolver lo ya desgarvado, así que en estos temas hay que tener cuidado.
Para incluirlo en la hipoteca finalmente tendrás que hacer una serie de gastos, eso si, pero si lo incluyes deberá ser por la cantidad que adía de hoy no está abonada en el crédito, y no por el total.
Si escrituras de nuevo seguramente la entidad bancaria querrá modificar los intereses y condiciones que de dieron en su momento, por lo que mi opinión es que si se está desgravando un dinero y tal, mejor haced un contrato privado entre vosotros que reconozca que tu pareja ha contribuido en una cantidad y así te quedas tranquila porque lo haas reconocido. Los contratos privados tienen entre las partes fuerza de ley
Hola ! Muchas gracias por tu respuesta, aunque me quedan algunas dudillas.
A ver si me he aclarado un poco, porque como tu dices en estos temas hay que tener cuidado y no quiero meter la pata o hacer la cosas mal.
En principio no me recomiendas volver a escriturar, ok.
Sería mejor hacer un documento privado que reconozca que mi pareja ha aportado una cantidad de dinero y le hace "propietario" de la mitad de la vivienda, ¿no? ¿Este documento con un abogado valdría o sería mejor con un notario?
He hablado con el banco y por muy poco dinero, se le podría incluir en el préstamo hipotecario con lo que queda a partir de esta fecha.
A partir del documento privado, y su inclusión en el crédito, ¿es legal utilizar el dinero de la cuenta vivienda (del que se ha desgravado) en pagar la hipoteca que nos quedará pendiente?
Muchísimas gracias de nuevo, de verdad
Cundo realzas un contrato privado no lo haces en el notario, pues éste tiene la finción de fe pública, o sea que el documento es público. Puede hacerte el contrato un abogado, un gestor, un asesor...
Si lo incluyen en la hipoteca ya no tienes que hacer contrato alguno, lo estás reconociendo como copropietario, entonces hazlo por medio de la hipoteca y lo cambian en el REgistro de la Propiedad. Cuando lo hayas incluido, puedes usar el dinero que tienes en la cuenta vivienda, pues es la inversión en la primera vivienda y por tanto ya no hay que devolver lo desgravado.
Por tanto, si te han dicho que es por muy poco dinero no hagas contrato así eso que te ahorras. Si de todas formas lo quieres hacer, pues esa tranquilidad que os dais al estar plasmado en un documento.
Hola de nuevo !
Perdona, pero es que me estoy liando un opco.
Por poco dinero, lo que hace el banco es incluir un segundo titular en el crédito hipotecario. ¿Solo con esto bastaría para utilizar bien el dinero desgravado de la cuenta vivienda?
Si no me han informado mal, cambiar el registro de la propiedad y escriturar de nuevo supone de nuevo el 10% del importe escriturado, ¿no? ¿Aunque solo sea para incluir a otro titular?
Por lo que veo, si no cambio las escrituras, mi pareja no puede desgravar ni utilizar el dinero desgravado de la cuenta vivienda... ¿es correcto?
¿Qué ventaja tiene figurar solo en el crédito hipotecario, sin modificar escrituras?
Muchísimas gracias de nuevo
En el casod el crédito, que se podrá desgravar una parte por la hipoteca, no tienes que cambiarlo en ls escrituras, ni en el registro de la propiedad, aunque es muy recomendable. Si puedes usar el dinero de la cuenta vivienda para desgravarsela en el crédito, pero esto mejor pregunta a une experto en fiscalidad.

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