¿Tiene derecho a reclamar la parte de una obra realizada antes si ya no es socio de la empresa?

Buenos días, mi marido tiene una empresa desde hace 3 años. Al principio eran 3 socios pero al año 2 de ellos decidieron vender su parte a mi marido y a 1 socio nuevo(todo ante notario). Próximamente vence una retención de una obra efectuada cuando eran los 3 y uno de ellos reclama su parte. ¿Tiene él derecho a esa parte? ¿A quién debe pagar el cliente a la empresa que es la que hizo la obra o a este socio?

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Pues tendremos que estar a lo que digan los Estatutos de la Sociedad, así como al documento público de venta de las participaciones (si hablamos de una S.L.) o de las acciones (si hablamos de una S.A.). Así mismo deberíamos observar lo dispuesto en el contrato de obra -a efectos de quien contrata-.
¡Un saludo!
PD.- Si tienes más preguntas al respecto házmelas, si no te ruego cierres la presente cuestión.
Se trata de una S.L, tengo aquí las escrituras de la compra y venta. ¿Dónde puedo mirar los Estatutos de la Sociedad?. Gracias
Los Estatutos de la sociedad supongo que los tendrá tu marido (una copia al menos), si no supongo que estarán en el Registro Mercantil.
En cuanto a la escritura de compraventa de participaciones por parte de tu marido a sus dos socios, debes ver si en el clausurado se estipula lo relativo a los beneficios de operaciones hechas entre la fecha de constitución de la sociedad y la venta de las participaciones.
¡Un saludo!
PD.- Si tienes más preguntas al respecto házmelas, si no te ruego cierres la presente cuestión.

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