Costas Procesales

¡Hola!. Tengo una pregunta que me come el cerebro. Llevo divorciado 2 1/2 años, la vivienda avia quedado para el menor asta que tuviera la mayoría de edad, pasando la pensión alimenticia y pagando la mitad de un préstamo de 6000 euros, que ella avía sacado para una reforma de la vivienda.En Enero del 2008 cumplió dicha mayoría.Yo le pase un burofax a mi ex para acer el reparto de bienes gananciales y me contestó que de eso nada. Puse en el juzgado la demanda y la contestación de la sentencia fue, que la vivienda pasa a mi ex y a mi hijo para su disfrute, hasta que tenga independencia económica. También tengo la condena de pagar las costas procesales, y mi pregunta es, me puedo declarar insolvente, ya que mi nómina es de 740 euros de los cuales 520 son para el alquiler y el vehículo que tengo, está pagado la mitad, pero mi ex está como avalista.O si también puedo decir que las cobren de mi parte de la vivienda, ya que es la única propiedad que tengo.Un saludo

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HOmbre no es necesario delcararse nsolvente, la ley de enjuiciamiento civil señala que es inembargable la parte el sueldo igual al Salario mínimo interprofesional, y enlo que exceda del doble de esacantidad el 30 %. Hombre si te declaras insolvente no te pueden cobrar las costas, cosa muy importante pues suelen ascender a una cantidad cnsiderable, y si te lo admite el juzgado mejor.

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