¿Hay alguna ley que regule la cantidad que hay que darle a la otra persona por la compra de su 50% ?

Buenos días, tengo un problemilla que quiero resolverlo lo antes posible. Tengo un piso comprado al 50% con otra persona en Sevilla Capital. ¿Hay alguna ley que regule la cantidad que hay que darle a la otra persona por la compra de su 50%? El piso está hipotecado y se le compraría su parte y quedándose con su deuda. Lo que quiero decir es si hay que darle por ley la mitad o por ej. Dándole la parte que lleva pagada es suficiente. ¿Hay alguna ley que regule eso o tiene que ser un acuerdo entre nosotros?
Muchas gracias.

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En principio el precio de una compraventa es un consenso de voluntades entre las partes intervinientes en el contrato. Otra cosa es que se formalice la compraventa por un precio inferior al "valor de mercado" (a fin de evitar pagos de impuestos), entonces tienes la posibilidad de que te hagan una investigación tributaria y que te reclamen la diferencia.
¡Un saludo!
PD.- Si tienes más preguntas al respecto, házmelas, si no te ruego cierres la presente cuestión.
Bueno a ver, yo lo que quería proponerle es pagarle la parte del préstamo del piso que lleva pagado unos 2 millones o así ya que el piso solo lleva 2 años en nuestro poder y el precio de venta a cualquier particular es inferior al que lo compramos con lo cual no le ganamos dinero al piso.
Pues es una buena propuesta que puede ser interesante para las dos partes, asumiendo tu el resto del préstamo hipotecario.
¡Un saludo!
PD.- Si tienes más preguntas al respecto, házmelas, si no te ruego cierres la presente cuestión.

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