Seguro hogar del arrendatario

Quisiera saber si puedo incluir en el contrato de alquiler que mi arrendatario haga un seguro hogar de responsabilidad civil incluyendo danos causados, por parte de el, por perdidas de agua o por incendio.
Yo como arrendador ya tengo un seguro para el continente y el contenido.

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Sí puedes obligar al inquilino a concertar un seguro. En el contrato debes hacer constar que en cualquier momento puedes exigirle que te exhiba la póliza y el último recibo, así como que en el incumplimiento de la obligación de concertar el seguro o, en su caso, de exhibir los indicados documentos cuando fuera requerido al efecto, será causa de resolución automática del contrato, sin perjuicio de las acciones que te correspondan para exigir daños y perjuicios. Haz constar que, en cualquier caso, el inquilino será el único responsable de los daños que pudieran causarse a la vivienda, la finca en que se ubica, los habitantes y cualquier tercero.
Cuando el arrendatario hará su contrato de seguro, yo podría pedir la finalización de mi seguro hogar. ¿Es así? Un cordial saludo
En efecto, así es, pero comprueba que las coberturas son similares

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