Pensión viudedad

Hola, si una pareja se acaba de casar y llevan empadronados y viviendo juntos un año y medio con anterioridad a la boda (civil), si uno de los dos fallece, ¿tiene derecho a pensión de viudedad el que queda? Gracias.

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Si cuando fallece, lleva cotizados al menos 5 años, y estaba casado, si que hay derecho a viudedad.
Si en el momento de la muerte no estaba casado, la Seguridad Social te pondrá pegas pero en los Juzgados puede que te la concedan
Si no llevaba cotizados 5 años, no hay derecho a la viudedad en ningún caso.
Muchas gracias por su rápida respuesta.
Sí que estaban casados en el momento del fallecimiento del cónyuge (llevaban sólo unos días) y viviendo juntos y empadronados hacía un año y medio. El fallecido llevaba trabajando dieciocho años, de modo que el período de cotización de cinco años está cubierto, pero le habían informado a la viuda familiares cercanos que hacía falta dos años desde el matrimonio para que tuviera derecho a percibir la pensión de viudedad. ¿Eso no es así verdad?
De nuevo muchísimas gracias.
No hace falta periodo mínimo de matrimonio. Tendrá que presentar los papeles en el INSS para que le reconozcan la pensión de viudedad y el auxilio por defunción.

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