Herencia

Buenos dias Sr:
A la muerte de mi madre en 2002, mi padre en testamento nos puso a mi hermano y a mi como propietarios de su casa. Quedando el como usufructuario vitalicio. Solo somos dos hermanos. Hasta día de hoy mi padre ha venido pagando todos los gastos de la casa, pero ahora nos exige que le paguemos desde el 2002 los gastos extraordinarios de la casa, "derramas", como puede ser arreglo de fachada, escalera, ascensor, etc etc. Los gastos ordinarios los pagara mi padre.
¿Tenemos mi hermano y yo obligación de pagar estos gastos de derramas de la casa o es mi padre quien debe seguir pagando al ser usufructuario vitalicio?
Muy agradecida,
Victoria

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Es imposible dar una respuesta veraz con tan pocos datos, únicamente decir que tal como está planteada la pregunta, el padre no podía tener capacidad para cambiar el testamento o la voluntad de la madre fallecida. Para empezar, habría primero que ver cual era la voluntad de la madre exactamente, que es la que verdaderamente vale (El testamento inicial).
Sea como sea, y sin disponer de más datos, para empezar hay dos principios jurídicos: la doctrina de los actos propios y la de los derechos adquiridos, sobre ambos yo me sustentaría en primer lugar para defenderme y oponerme al pago de lo reclamado.
Osea: si el padre ha venido asumiendo dichos gastos durante todo este tiempo, no parece justo ni equilibrado, dejar a su entera voluntad unilateral, decidir cuando deja de abonarlos y procede a exigir sin más el pago a sus hijos (en virtud del hecho de que son nudos-propietarios). Todo ello, si no existe acuerdo escrito ni pacto alguno al respecto suscrito en el pasado entre las partes etc.. etc...
Etimado Sr:lo primero agradecerle su explicación y su pronta respuesta.
El testamento en el cual nos hace propietarios fue después de la muerte de mi madre. El testamento inicial, no lo conozco aunque supongo que al haber tenido bienes gananciales tendrían un testamento en la que nos dejaban herederos, sin más especificaciones. Pero claro esto no es seguro.
Saludos cordiales
Victoria
En cualquier caso, debe saber que el testamento que dice su padre que otorgó a la muerte de su madre, poniéndoles como propietarios de la vivienda carece actualmente de cualquier validez. Unicamente surtirá efectos en el momento de su fallecimiento, como es obvio. Por eso, lo primero sería conocer el contenido del testamento de su madre. No obstante, insisto Uds. no son propietarios porque su padre lo haya hecho constar en su testamento, sino porque su madre fallecida así lo hubiese dispuesto y posteriormente uds. hubiesen aceptado la herencia, acudiendo al Notario e inscribiendo su titularidad ante el registro de la propiedad correspondiente. Si Ud. no recuerda que esto haya sucedido, entonces no son propietarios de esa vivienda y legalmente nadie les puede exigir que asuman ninguna obligación al respecto.
Si no se aceptó la herencia de su madre para evitar el pago del impuesto de transmisiones (lo que es tan habitual como desaconsejable), deberán también asumir las consecuencias de todo ello.
Desconozco la relación con su padre pero si las cosas son tal como las he descrito, su padre carece de acciones legales para reclamarle nada. Tampoco conozco la situación de la vivienda. ¿Quizás su padre la tiene alquilada a un tercero?
Sea como sea, si Uds. no han aceptado la herencia, tampoco son propietarios y legalmente nada se les puede exigir.
Estimado Sr:
En su día después de la muerte de mi madre, por voluntad de mi padre y ante notario, se otorgo escritura publica y registral del traspaso de la propiedad de la casa a nombre de mi hermano y a mi. Pagándose todos los derechos y obligaciones relativoas a este acto. Conforme a esto, entiendo que si somos propietarios aunque el usufructuario vitalicio es mi padre conforme figura en la escritura publica. En la misma jamas se hizo figurar que ningún tipo de gasto seria asumido por nosotros dos. En el fondo se trataba de no pagar los derechos de trasmisiones que hubiéramos tenido que pagar a la muerte de mi padre, que hoy creo que han sido derogados.
Atentamente, y muy agradecida
Victoria
Bien en ese caso, siendo propietarios legales, supongo que su padre ha asumido todos aquellos gastos y por cualquier circunstancia ahora reclama su participación.
Ante la duda, legalmente el propietario es el obligado al pago de los gastos de la vivienda, entendidos éstos como los que me ha descrito. No obstante, si su padre ha venido sufragando aquellos gastos desde siempre, y en el hipotético caso de que tuviera la vivienda alquilada percibiendo frutos por dicho motivo, intentaría negociar tal aspecto entre uds., pues los propietarios no perciben nada en calidad de propietarios, sólo cargan con el pasivo generado por el inmueble hasta el fallecimiento del padre, en este caso.
Estimado Sr: muy agradecida por su ultima aclaración.El problema que tengo es que mi sueldo no me permite pagar los gastos extras de la "casa de mi padre" y los de la mía.? ¿Se podría volver a plantear la devolución de la propiedad a mi padre?
Saludos
Victoria
Insisto en que el testamento de su padre no surte efectos hasta que fallezca. Por lo tanto Ud. es propietaria hoy de la vivienda, solo por la voluntad exclusiva de su madre dispuesta en testamento.
Por otro lado, todo es negociable. Puede intentar hablar con su padre y llegar a un acuerdo como el que me expone, indicándole que no puede asumir los gastos derivados de la propiedad. Pero si su padre no quiere alcanzar un acuerdo, no veo la posibilidad de solución. Quizás podría hablarse de una extinción de condominio entre su hermano y Ud., en virtud del cual saliese de la propiedad, quedando su hermano como único propietario. Podría ser una salida provisional hasta que su padre fallezca, pero como le digo son muchas las cuestiones y los matices a valorar y sopesar. Entiendo que la única salida es negociar con su padre

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