Dar de alta en el catastro un terreno no inscrito

Tenemos la propiedad de un terreno que fue adquirida por mi padre al antiguo propietario que carecía de escrituras, por tanto no hay escrituras. Solo hay un documento privado de compra. Mi padre falleció y ya hemos aceptado la herencia los 7 hijos, pero este terreno no se declaró en la herencia porque había que darlo de alta en el catastro mediante la declaración del reconocimiento de nuestra propiedad de los vecinos colindantes y aún no se había hecho, pero no hay ningún problema en hacerlo. Mi pregunta es ¿A nombre de quien ponemos en dichas declaraciones la propiedad? ¿A nombre de mi padre ya fallecido? ¿A nombre de los 7 hijos? ¿A nombre de mi madre que disfrutaban de bienes gananciales durante la compra del terreno? A mi me interesaría ponerlo a nombre de los hermanos directamente para evitarnos un nueva aceptación de herencia o adición de herencia ¿no es así? ¿Es esto posible?

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Los herederos podéis ponerlo a vuestro nombre directamente mediante un procedimiento ante el Juzgado de Primera Instancia competente que corresponda por el lugar donde esté ubicado el terreno mediante la inmatriculación de la finca.
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Gracias por su respuesta, pero entonces a la hora de realizar la declaración de los vecinos colindantes (que son familia mía) ante el catastro ¿estos deben reconocer como propietario a mi padre o a nosotros los hijos?l ¿Y luego acudiríamos al juzgado? ¿O primero al juzgado y luego al catastro?

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