Aseguradora cancela seguro tras deceso. No indemnizan.
Trataré de ser breve evitando detalles sin mucho interés.
¿En marzo muere mi suegro teniendo 2 créditos al consumo con deudas de 1800 y 1900? Con BBVA, contratados un casi un año antes de su muerte. Disponía de 2 pólizas que amortizaban el capital pendiente en caso de muerte. Desde mayo venimos entregando informaciones y documentación a la compañía de seguros para tramitar la indemnización (se trata de BBVA Seguros). Entendemos que no quieren pagar y van retrasando el tema hasta que en noviembre dicen que meten carpetazo al asunto y cierran el expediente. Se suceden llamadas a la compañía pidiendo explicaciones y diciendo que no estamos de acuerdo. El 20 de diciembre se manda un burofax con confirmación de la documentación al servicio de atención al cliente exigiendo respuesta escrita y aportando nuevamente TODA la documentación que han venido solicitando. Tras las navidades mi suegra encuentra 2 ingresos extraños en su cuenta bancaria (ejecutados a 16 de diciembre) que hace pocas fechas nos infoman en la oficina bancaria que corresponde con la devolución de las 2 primas cobradas por los seguros, cuando se les insiste en devolver esas transferencias a origen alegando que se está disconforme con ese proceder se le informa a mi suegra que es imposible ya que los 2 seguros han sido cancelados y por ello se le han reintegrado las 2 primas pagadas (se trataba de un pago único).
Tras todo esto estamos pensando en proceder con un abogado a la reclamación por vía judicial y aquí es donde viene la pregunta:
¿Es legal cancelar el seguro y devolver las primas tras la muerte del asegurado y metidos en el proceso de reclamación de la indemnización? (Todo esto sin recibir ni una sola llamada o comunicación escrita por parte de BBVA Seguros). Ya que imaginamos que han tenido tiempo de sobra para verificar el riesgo del asegurado en el periodo de carencia o durante su vida, si existía defecto de forma en la contratación del seguro, etc... Y no cuando ha fallecido este y se está tramitando la indemnización.
¿En marzo muere mi suegro teniendo 2 créditos al consumo con deudas de 1800 y 1900? Con BBVA, contratados un casi un año antes de su muerte. Disponía de 2 pólizas que amortizaban el capital pendiente en caso de muerte. Desde mayo venimos entregando informaciones y documentación a la compañía de seguros para tramitar la indemnización (se trata de BBVA Seguros). Entendemos que no quieren pagar y van retrasando el tema hasta que en noviembre dicen que meten carpetazo al asunto y cierran el expediente. Se suceden llamadas a la compañía pidiendo explicaciones y diciendo que no estamos de acuerdo. El 20 de diciembre se manda un burofax con confirmación de la documentación al servicio de atención al cliente exigiendo respuesta escrita y aportando nuevamente TODA la documentación que han venido solicitando. Tras las navidades mi suegra encuentra 2 ingresos extraños en su cuenta bancaria (ejecutados a 16 de diciembre) que hace pocas fechas nos infoman en la oficina bancaria que corresponde con la devolución de las 2 primas cobradas por los seguros, cuando se les insiste en devolver esas transferencias a origen alegando que se está disconforme con ese proceder se le informa a mi suegra que es imposible ya que los 2 seguros han sido cancelados y por ello se le han reintegrado las 2 primas pagadas (se trataba de un pago único).
Tras todo esto estamos pensando en proceder con un abogado a la reclamación por vía judicial y aquí es donde viene la pregunta:
¿Es legal cancelar el seguro y devolver las primas tras la muerte del asegurado y metidos en el proceso de reclamación de la indemnización? (Todo esto sin recibir ni una sola llamada o comunicación escrita por parte de BBVA Seguros). Ya que imaginamos que han tenido tiempo de sobra para verificar el riesgo del asegurado en el periodo de carencia o durante su vida, si existía defecto de forma en la contratación del seguro, etc... Y no cuando ha fallecido este y se está tramitando la indemnización.
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