No me respetan el precio que me dieron para una compra.

Hace dos días estuve en un establecimiento para comprar una televisión, donde encontré una TV a precio rebajado (tenía un cartel con el precio inicial y el rebajado).

Cómo en ese momento no podía llevármela, el dependiente me dio una tarjeta de la tienda, donde me apuntó el precio y modelo de la TV para que fuera otro día.

La sorpresa ha estado que pasado dos días me dicen que el precio de la tele no es el rebajado que había un error y que si la quiero me cuesta 150 eur más.

¿Qué puedo hacer, hay alguna forma para reclamar que me respeten el precio? Tengo la tarjeta que me dieron.

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El dependiente dice que es un error, y yo le respondo al dependiente que eso es publicidad engañosa para atraer clientela.
El párrafo primero del art. 18.4 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, es del siguiente tenor literal:
"La oferta, promoción y publicidad falsa o engañosa de los bienes y servicios será perseguida y sancionada como fraude."
El art. 2 de la Directiva 2006/114/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de diciembre de 2006, sobre publicidad engañosa y publicidad comparativa, en lo que interesa al caso, establece que:
"A efectos de la presente Directiva, se entenderá por:
a) Publicidad: toda forma de comunicación realizada en el marco de una actividad comercial, industrial, artesanal o liberal con el fin de promover el suministro de bienes o la prestación de servicios, incluidos los bienes inmuebles, los derechos y las obligaciones;
b) Publicidad engañosa: toda publicidad que, de una manera cualquiera, incluida su presentación, induce a error o puede inducir a error a las personas a las que se dirige o afecta y que, debido a su carácter engañoso, puede afectar su comportamiento económico o que, por estas razones, perjudica o es capaz de perjudicar a un competidor;"
Finalmente el art. 3 de dicha Directiva 2006/114/CE, en lo que interesa al caso, es de decir:
"Para determinar si una publicidad es engañosa, se tendrán en cuenta todos sus elementos y principalmente sus indicaciones concernientes a:
b) el precio o su modo de fijación y las condiciones de suministro
de bienes o de prestación de servicios;¿
?".
Si usted desea que nosotros nos encarguemos del asunto, deberá ponerse en contacto con mi socio, el Abogado del Colegio de Madrid, D. Jesús Pastor Gil, teléfono. 644305724, o bien a través del correo electrónico [email protected], independientemente de la ciudad donde usted se encuentre y sin que la distancia sea un gravamen para aumentar la facturación de los servicios.
Si lo prefiere, puede contactar conmigo, que soy el responsable de la página de todoexpertos y el correo electrónico. Mi nombre es Alfredo López y el teléfono de contacto 644197594.
En cualquier caso, le ruego cierre la pregunta y valore..

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