Ascensor

Queremos poner el ascensor en mi comunidad, somos 10 vecinos, la del 3º tiene una minusvalía reconocida y los del 1º no están por la labor. Agradecería cualquier ayuda o sugerencia
Respuesta
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Art 10.2 de la ley propiedad horizontal : la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Por tanto, seria una obligación de la comunidad la instalación del ascensor
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