Separación de bienes

Hola experto, a ver si me puedes ayudar. Tengo entendido que a partir del año 2008, en la comunidad valenciana, en el momento de casarse dos personas es con separación de bienes. ¿Pero a partir de qué fecha exactamente? Espero haberme expresado bien.

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En principio a partir del 1 de julio de 2008 el matrimonio celebrado en la comunidad valenciana se rige por separación de bienes aunque el T.C. tendrá que pronunciarse sobre la validez definitiva de la ley, pues se discute la posibilidad de que el Gobierno Valenciano tenga competencias en esa materia.
¿qué es el T.C.? Agradecería que tus explicaciones sean con términos más coloquiales, pues no entiendo de derecho. Gracias de antemano.
Perdón, me refería al Tribunal Constitucional, ya que se ha recurrido al mismo para que determine si es legal.

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