Embargo de mi vivienda

Esta mañana he recibido por correo una carta de un juzgado informándome de que existe algún juicio contra mi ex-marido por el que le piden una cantidad de unos 17.000,¿-?.
Yo hace años que no tengo ninguna relación con mi ex marido y desconozco totalmente el asunto que dice el juzgado
El caso es que me embargan la vivienda porque dicen que son bienes conyugales, pero al estar yo divorciada desde hace aproximadamente 6 años, creo que no es así. Ahora no recuerdo pero en el divorcio, yo me quedaba con la casa hasta que mi hija terminara los estudios y en ese momento mi ex marido y yo cederíamos los derechos de la vivienda a mis dos hijos. En definitiva, yo pensaba que ahora la vivienda era (hasta la cesión) mitad de mi ex marido y la otra mitad mía.
Lo cierto es que estoy bastante perdida y no se que hacer, además el mismo documento decía que también embargaban el sueldo de mi ex marido.
Yo quisiera saber si es normal que teniendo un sueldo el que debe el dinero, pueden embargar también la vivienda. ¿El embargo significa que me echan de casa?
Me pueden, ¿por favor indicar si se puede decir al juez que cobre del sueldo del ex marido y no embarguen la casa donde vivo con mi hija?
¿Y cómo hacerlo?

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La deuda debía ser de cuando estaban casados por tanto si tenían la sociedad de bienes gananciales, su patrimonio también queda afecto, independientemente de los acuerdos matrimoniales ya que tiene preferencia el cobro de las deudas.
Lo que si que puede hacer es en base al art. 1373 CC solicitar que el embargo se haga sólo sobre su parte del piso así como con el resto de sus bienes privativos, es decir, sobre su sueldo. De esta manera, su parte del piso no la embargarían, y si con el sueldo de su ex marido no es suficiente entonces o usted se queda con el piso y paga a los acreedores por la otra parte o se vende y se reparte el dinero obtenido.
Gracias por la rápida respuesta:
Al parecer la deuda es del año 2006 y por tanto, posterior a mi divorcio que es de 2003, pero el documento que ha enviado el registro de la propiedad no habla para nada del divorcio, no se si es que en su día el juez no les avisó.
Saludos
En este caso le embargarán la parte del piso que le corresponde a él ya que el piso es parte de una comunidad de bienes.
Entonces, debo ir al juzgado, ¿llevar la sentencia de divorcio y entregarla allí?
Gracias de nuevo!
Si ya que al ser posterior al divorcio, a pesar de que puedan embargar su parte, de la sentencia de divorcio se puede dar una asimilación a la existencia de un usufructo a su favor y después a favor de sus hijos por tanto entiendo que hasta que sus hijos no falleciesen no se podría extinguir ese usufructo.
No se trata únicamente de entregar la sentencia y ya está, hay que hacer un escrito motivandolo y adjuntando como prueba la sentencia.
Muchísimas gracias por sus orientaciones, me ha sido de gran utilidad. Prepararé y presentaré un escrito en el juzgado diciendo que no deben embargar toda la vivienda, como han hecho, sino que en base a la seentencia de divorcio, no pueden embargar mi parte de la casa.
Muy agradecida

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