Llamadas telefónicas

Se ha echo una sentencia sobre las llamadas telefónicas de los hijos de mi esposo, se dice que cada dos días el progenitor que este con los niños a de facilitar las llamadas de los niños al padre contrario, el caso es que a mi marido desde diciembre no le han puesto al suyo de 9 años, por otro lado se ha enterado que dentro de tres días hace la comunión, cosa que tampoco le han avisado, ¿cómo se puede demostrar que no le ponen nunca al niño al teléfono? ¿Es denunciable el echo de no estar avisado de la comunión de su hijo? De ser así pondríamos una denuncia por estos dos echos, gracias anticipadas

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Si esta incumpliendo el deber de comunicación puede poner una denuncia en la policía y en el juzgado por incumplimiento.
La prueba como siempre es lo que diga uno contra el otro, salvo si hay testigos.
El tema de la comunión,¿cómo se ha enterado?
De la comunión nos informaron vecinos del niño con los que mantenemos contacto. Mandemos un fax a la abogada de su ex mujer comunicándole que están inclunpiendo una sentencia judicial al no informar de tal acontecimientos relacionados con los hijos, pero la verdad no se asta donde es denunciable, jamas hemos puesto una denuncia contra esa mujer, pero ya es hora, puesto que en tres años ella a mi marido ya le a puesto más de 20 todas falsas y queremos que vea las consecuencias de ser denunciado. Muchas gracias.

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