Sociedad limitada o I. Transmisiones patrimoniales

Hola, te comento, varios familiares míos realizan inversiones en la compra de terrenos, normalmente rústicos, mi duda es la siguiente:
-- Si se crea una sociedad limitada, ¿qué gastos básicos hay que pagar?.
-- ¿Qué tanto por ciento de los beneficios hay que abonar?.
-- En cuanto al abono de los impuestos en caso de que halla gastos y no ingresos en un ejercicio fiscal, ¿te devuelven los gastos?.
-- Que desgravaciones tienen lugar, en cuanto al gasto de combustible, la adquisición de vehículo afecto a la actividad, comidas de empresa, etc.
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Los gastos de constitución son los que te cobre el notario, en función del capital social y de lo que te cobre el abogado por la redacción de los estatutos.
Los impuestos se pagan sobre los beneficios, por tanto si hay más gastos que beneficios no pagaríais. Si hay beneficios se paga un 35% de éstos.
Respecto a las deducciones todo los gastos que sean directamente imputables a la sociedad se pueden imputar aunque deberéis diferenciar lo que sion gastos del a actividad de lo que son inversiones como puede ser la compra de ordenadores, mobiliaro, oficinas, coches, etc. los cuales son parte del inmovilizado y hay que declarar el gasto en función de la cantidad que se permita amortizar anualmente.

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