Embargo plan de pensiones

Con motivo de una deuda que contraje me han reclamado judicialmente el importe fallando en última instancia el TSJ en mi contra.
¿Por otro lado tengo un plan de pensiones con unos 12.000? De derechos consolidados. He leído que es inembargable pero ¿es posible hacer una anotación preventiva de tal manera que cuando reciba la prestación puedan ejecutarlo? ¿Puedo elegir en el momento en que tenga derecho al cobro, percibirlo en rentas mensuales no superiores al SMI para no ser embargable?

2 respuestas

Respuesta
1
Habría que ver el contrato que has firmado
Ten en cuenta que si pecibes varias pensiones o prestaciones se acumularan ambas para determinar la cuantía embargable
Respuesta
1
No se puede hacer una anotación preventiva en un plan de pensiones.
A la hora de cobrarlo podrás elegir entre una cuota mensual o todo, según vendrá especificado en el contrato que firmaste cuando lo contrataste.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas