Alquiler vivienda

Hola. Mi mujer, nuestro bebe y yo, llevamos ya tiempo viviendo de alquiler en un piso. Hata ahora, nunca hemos tenido ningún problema y hemos pagado religiosamente todas las mensualidades. Mi mujer se quedo en el paro, pero mi sueldo era alto y no tuvimos problemas para afrontar los diferentes pagos. Pero ahora me he quedado yo también en el paro, y la cosa a cambiado. Llevamos dos meses, contando el actual, sin poder haber hecho frente al pago del alquiler de la vivienda. Hoy nos ha llamado la abogada de la propietaria amenazándonos de cuarenta mil cosas...
¿Qué nos puede pasar por dos meses de retraso en el pago? ¿Nos pueden poner en la calle con un bebé de 18 meses estando tanto la madre como yo en el paro? ¿Qué podemos hacer?
Muchísimas gracias de antemano...

2 Respuestas

Respuesta
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Una de las causas de resolución del contrato de arrendamiento es la falta de pago, el demandante puede presentar directamente la demanda, en cuyo caso podéis enehervar el desahucio pagando la cantidad reclamada, esto solo puede hacerse una vez
Si bien, no cabe la enervación del desahucio en caso de que te requieran por notario el pago
¿No estáis cobrando prestación por desempleo con el que poder hacer frente al pago?
Perdona mi torpeza, pero no entiendo lo que me dices. ¿Qué es enehervar el desahucio? Solo cobra prestación del paro mi mujer, yo no. Y con eso no podemos hacer frente al alquiler... y pañales, leche, papillas, comer nosotros...
Enervar quiere decir evitar el desahucio, esto es solo podéis evitarlo si pagáis las cantidades atrasadas cuando os reclame judicialmente el desahucio
Esto solo lo podréis hacer una vez, pues en caso de una nueva demanda de desahucio por impago no se os permitirá pagar para evitar el desahucio
La enervación no tiene lugar en caso de que os reclame notarialmente la cantidad adeudada
Entiendo totalmente tu situación, pero lamentablemente la ley no atiende a las circunstancias personales de los arrendatarios para evitar el desahucio, y los jueces tampoco, se limitan a aplicar la ley, por lo que mi consejo es que intentéis en la medida de lo posible llegar a un acuerdo para pagar las cantidades adeudadas
Respuesta
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Para poder echaros del piso la propietaria tendrá que ir a un juicio de desahucio, en el cual no se miran vuestras circunstancias personales, sino el hecho de que no estáis pagando la renta.
Antes de llegar a este extremo, podéis hablar con la propietaria, exponerle vuestra situación e intentar llegar a un acuerdo con ella.

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