Normativa de horarios

Saludos lageli
Mi pregunta es la siguiente:
Si un Ayuntamiento deja de hacer lo que publica un BOIB, Islas Baleares, en que está incurriendo. ¿Tiene alguna responsabilidad sobre este incumplimiento?
Y concretamente este es el tema.
Mi pueblo desde hace tres años no tiene Normativa de horarios y el BOIB nº 161 de 30/12/1997 en el artículo 19 dice:
a.- El horario general de los espectáculos y de las actividades recreativas será determinado reglamentariamente por el Gobierno de la comunidad autónoma de las Islas Baleares.
b.- Hasta que la comunidad autónoma no haya dictado una norma específica en materia de espectáculos públicos y de actividades recreativas, los plenos del Ayuntamiento mediante reglamento, podrán establecer ampliaciones o reducciones de acuerdo con las particularidades de las poblaciones, las zonas y los territorios, que especialmente en relación con la afluencia turística y la duración del espectáculo, harán una diferenciación entre la época o la estación anual y entre los días laborables, los festivos y sus vigilias.
Como el Gobierno de la comunidad autónoma de las Islas Baleares no tiene ninguna normativa de horarios y mi Ayuntamiento no quiere hacerla, que puedo hacer.
Tengo que decirle que hemos tenido seis reuniones con el alcalde y siempre dice que ya la harán y que ahora no es el momento.
Esperando su contestación me despido atentamente
Joan

2 Respuestas

Respuesta
1
En este caso el incumplimiento sería de la Comunidad Autónoma que es quien tiene las competencias en materia de horarios, lo que hace la Comunidad con esa norma es otorgar una facultad, que no una obligación, a los Ayuntamientos en tanto no se aprueben por la Comunidad, puedan ellos establecer ampliaciones o reducciones de horarios
En todo caso se puede presentar un escrito ante el Ayuntamiento y otro ante la Consejería competente de la Comunidad indicando las circunstancias por las que solicitáis esa normativa, a fin de que cumplan sus obligaciones de regulación en materia de horarios y contribuyan con ello a la seguridad jurídica y a una adecuado desarrollo de las actividades económicas tanto de la localidad como de la Comunidad Autónoma, pues la situación actual os está causando los perjuicios que estiméis que se os están ocasionando
De todo escrito que se presente aportáis otra copia para que os la sellen y esperáis a ver que responden y en su defecto podéis estudiar acudir a la vía judicial
Respuesta
-1
Pueden reunir firmas entre los vecinos, y así tendrán algún tipo de apoyo para que el Ayuntamiento dicte la normativa.
Saludos
Tendría que haber explicado que yo tengo una discoteca y que esta apartada del núcleo urbano con lo cual no tengo vecinos que molesten.
La pregunta en concreto es si el ayuntamiento incurre en alguna falta, delito etc o si por el contrario si un ayuntamiento deja de hacer lo que dicen los BOCAIB no pasa nada.
Las reuniones que he tenido con el alcalde es porque a mi me interesa que haya normativa porque sino los bares de la zona abren y cierran a la misma hora que yo
esperando de nuevo su contestación me despido atentamente
        Joan
El que el ayuntamiento no dicte la norma no es ni falta ni delito.

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