Liberación de condominio

Me acabo de divorciar y quiero renunciar a mi parte de la vivienda, tenemos hecha la liquidación de gananciales. Tengo entendido que la mejor forma es una extinción de condominio quedándose ella con el piso a su nombre pero ella me dice que su notario le ha sugerido que la mejor forma es la de hacer una donación de mi parte de la vivienda a mi hija y que tendría que asumir los gastos legales (impuestos) de la donación. No tengo ningún interés en recibir compensación alguna por renunciar a mi parte pero tampoco entiendo que tenga que asumir gasto alguno.
¿El piso fue comprado en 1999 por un valor de 192.000?, ¿Con una hipoteca a 20 años por valor de 170.000?. ¿En la actualidad resta un valor a pagar de 78.000? ¿A 10 años y el valor aproximado del inmueble es de 300.000?.
Ella dice que si se queda con la vivienda a su nombre tendría que compensarme económicamente y que es ilegal que esta compensación fuera ficticia, en cambio si le dono la parte a mi hija, le donaría también la deuda que me quedaría por pagar y que esa deuda la asumiría ella por lo que me compensa pagar los gastos de la donación.
¿Cuál es la mejor opción?

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Si le estas pasando pensión de alimentos para tu hija o compensatoria para tu ex mujer: ¿Qué tal si le propones que dejes de pagarle estas pensiones en compensación transmitirle tu propiedad de la vivienda al extinguirse el condominio, y así no habría problemas de transmisión ficticia?
Muchas gracias por tu respuesta y por la rapidez, es buenas idea, pero me temo que no es el camino .
Hemos liquidado los gananciales, tenemos la sentencia y en el acuerdo, ella va disfrutar el usufructo de la vivienda familiar hasta la mayoría de edad o independencia económica de la menor con pensión alimentecia para la menor de 300 euros men .Yo le he ofrecido renunciar a la parte que me corresponde, de buenrollo, si ella asumía los gastos .La nueva versión de que el acto jurídico sea la cesión a mi hija para que yo asuma los gastos ( claro cambia el concepto, yo no le regalo nada a ella, se lo regalo a mi hija, y ella a cambio paga la parte de la deuda que también le regalo ) a mi me suena a estrategia . En plan chantaje emocional, si ahora le propongo que el pago de la pensión de mi hija entra en el trato, me temo que su respuesta va a ser muy desagradable . Yo quería recibir más bien información del tipo que hay que pagar de una manera (impuestos, etc...) y cuanto de otra .
Entiendo que suena más a culebrón que a consulta profesional, te pido disculpas por ello y et agradezco de verdad tu respuesta
En cuanto a tipos impositivos en la Comunidad Andaluza, la donación tiene un tipo general del 18% y la transmisión de propiedad de un 7% general y un 3,5% para determinadas especialidades como cuando quien adquiere tiene menos de 35 años y la dedica a vivienda habitual.

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