Pensión alimenticia

Perdone que le moleste, ¿mi marido tuvo un divorcio el cual pasa 240? Por dos hijos, tuvo una pareja de hecho que hace casi 3 años se marcho de casa con su otra hija, no queriendo volver solo telefónicamente ha tenido contacto con la niña, no sabe ni dirección ni nada, ¿no quería dinero de él hasta ahora pasados casi los 3 años que pide pensión para la nena un mínimo de 250?, ¿Tenemos también un hijo en común y él gana 980? ¿Qué le tendría que pasar a la niña?, pagamos alquiler, coche .. Etc
¿Mi nomina se vería afectada en este sentido o solo hacen cuentas con lo de él?
¿Quizás digan que pague yo la casa cuando era el domicilio de ambos hace años y que mantenga yo sola a nuestro hijo? ¿Y así él le puede pasar más dinero a la hija?
Perdone tantas dudas
Y gracias de antemano

3 Respuestas

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La pensión que debe pagarle a su hija será la que haya fijado la sentencia de divorcio
Dicho pago solo es obligatorio para el como padre, usted no tiene que verse afectada en nada por dicha obligación
El juez al dictar sentencia y fijar la pensión tiene en cuenta las necesidades del hijo y las posibilidades del padre, en caso de variación de cualquiera de éstos se puede pedir la modificación judicial de las medidas acordadas
El incumplimiento de esta obligación tiene el carácter de delito
La pensión no se ha fijado por sentencia de divorcio ya que no estaban casados solo pareja de hecho, y ella marcho con su hija del domicilio, y no se sabe donde viven solo el teléfono, y ahora es cuando pide el dinero, ¿si ella lo hace por lo legal poniendo una denuncia él habandono de hogar que le podría a ella causar? Independientemente de la pensión alimenticia de la niña
Gracias
Si la que se fue del domicilio fue ella, no se le puede imputar a él abandono del hogar, es más sería él quien pudiera reclamar contra ella por no haberle dejado relacionarse con su hija
En todo caso para que él pueda cometer delito por no entregar la pensión alimenticia es necesario que exista convenio judicialmente aprobado o resolución judicial que la establezca, no es necesario que exista sentencia de separación basta resolución judicial que establezca esa obligación
Lo mejor es solucionarlo todo de mutuo acuerdo
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La pensión de alimentos tendrá que fijarlan ambos padres, de común acuerdo, o si no un juez, y se tendrá en cuenta el salario que gana el padre (nunca el suyo) y las cargas a las que tiene que hacer frente con ese salario. ¿Si la pensión que tiene fijada para los otros dos hijos es de 240?, lo normal es que para la otra hija que ahora la pide, se fije la mitad, es decir, ¿120?.
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El problema aquí amiga es que no soy española. Por ejemplo en mexico les quitan el 30% para alimentos de los hijos. Y si son varios con varias parejas el juez dicta cual es la cantidad que debe pasar según lo que gana. Cuando son varios y ya a uno le pasa una cantidad bastante, lo que se hace es volver a recalcular, y este lo pide directamente el que esta pasando la pensión que es el.
Si podría pedir recalculo. El problema es que aquí trabajan los dos y se valora también, en este caso le pasaría para los alimentos del hijo, y siempre habría un tope, y en este caso la que seria más perjudicada es la hija porque veo que es una cantidad considerable a ella es a la que le rebajarían pero debe usted interponer juicio de alimentos y usted pida el 30% de lo que gana (si es que en su legislación esta este tope para alimentos) y ya el respingara y se recalculara lo de la hija para que a usted le pague lo que le corresponde.
Eso si lo tiene que hacer en vía legal. Nada de palabras porque si no a su otra hija le dará mucho y asu hijo no le tocara mucho y no es justo.
Perdóneme quizás no explique bien la pregunta aunque me ha quedado bastante claro, ¿con su primer matrimonio tuvo 2 hijos el cual pasa 120? x 2 = 240?
¿Una pareja de hecho que tuvo y que pide 250? Mínimo para la hija y que aun no tenemos ninguna demanda judicial. ¿La cuál esa es mi duda cuanto le pertenecería si el cobra 980?.
Y yò sigo casada con él y tenemos un niño
yò si trabajo y temo que mi sueldo se vea afectado dándole más dinero a la hija ya que trabajo yò también.
¿Hay algún tanto por ciento que él se deba de quedar para vivir?
¿Ese 30% es por cada hijo o por todos los hijos que tenga?
Gracias y perdone nuevamente
Lo que tiene que hacer su marido es acudir con e defensor de oficio para que esa pensión alimenticia que ya pasa se recalcule junto con los demás hijos que tiene porque el sueldo que tiene no es mucho y no puede pasar una cantidad tan mayor a otros hijos y los que tiene con usted no. es por todos los que tenga, le dije ese tanto porque en mexico así es pero en su país no se cuanto es de porcentaje porque eso es de alimentos para los hijos y lo demás es para subsistir para el padre.
Le recomiendo que vaya con el abogado de oficio y que en cuanto le demanden la pensión de alimentos, acumule todo lo que ya se había establecido para el recalculo.
Usted señora jamas va a pagar ni a trabajar de más par a pagarle pensión alimenticia de otros.

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