Dudas legales sobre proceso para exigir el cobro de un pagaré
Tengo un problema con un amigo .. ¿hace tiempo me firmo un pagare para ser exactos el 16 de junio de 2009 y pactamos solo de palabra que me pagaría el 30 de octubre es por la cantidad de $4800 claro que en el pagare no viene especificado la fecha de pago ni el % de intereses que este generaría (están en blanco) quiero saber si es válido el pagare así? Y de que manera puedo proceder .. Ya que no quiere pagar y si tiene solvencia económica... ¿qué tan largo seria un proceso? ¿Y si tengo que invertir para cobrar dicho titulo? Ademas si es válido o se puedo alterar dicho docto en cuanto al % de intereses ya que esta en blanco... Espero tu pronta respuesta ya que me urge recuperar por lo menos el valor del pagare...
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Respuesta de penalero
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Tal y como mencionas la composición de tu " pagaré" podemos considerarlo como un pagaré en blanco y no incompleto que sería distinto. Supongo que en tal documento vendrá la fecha de emisión y los datos fiscales de tu deudor sin embargo falta la fecha de vencimiento como comentas. Cuando el tiempo de pago es inferior a un año, normalmente, no se suelen añadir intereses. El hecho de que no tenga fecha de pago no lo convierte estrictamente en un pagaré pues este muestre su significado expresamente al decir " pagaré la cantidad X... en tal fecha" Al no existir fecha se convierte en un derecho de cobro a la vista, es decir, que se debe cobrar de manera inmediata. Las formas que tienes son tres para recuperar el dinero y una de ellas muy poco efectiva en tu caso. 1. Depositar el pagaré en el banco y que te adelante el dinero. Probablemente no lo acepte por falta de fecha. Si aceptara el pagaré te adelantaría el dinero y si llegada cierta fecha el banco no ha cobrado el pagaré porque tu deudor no ha pagado entonces, te devolvería el pagaré y tu reintegrarías al banco el dinero adelantado con interés y gastos de gestión. Insisto es la menos efectiva en tu caso. 2. Los bancos tienen un servicio demoninado de gestión de cobros. Es el banco quien gestiona y negocia la forma de pago con tu deudor. Es necesario el pago de este servicio que variará según los precios de cada banco. Esta opción puede ser las más interesante. 3. Acudir a la vía judicial civil. Lamentablemente esta es la solución más cara y lenta. Necesitarías un abogado y dinero. En esta solución el juzgado investigaría su solvencia y la posibilidad que tiene de pagar o no. Además tienes la posibilidad de alegar que prometió pagar el 30 de octubre. Si resultaras vencedor en esta vía tu deudor pagarías las costas de tu abogado además de los intereses vencidos que se estipulan por ley. La opción más barata es la segunda. También puedes acudir a empresas de cobro de deudas que están especializadas y ya se encargarán de hacerle varias llamadas al día a tu deudor para cobrar la deuda. Esta opción también es buena. Por tanto, me temo que debes invertir para recuperar tu dinero, lamentablemente es así. El interés no lo recuperarás probablemente.