Tramite de ruptura por infidelidad

Asesóreme, vivo con mi pareja desde hace 8 años, tenemos dos hijos de 4 y 3 años, no estamos casados, los niños llevan nuestros apellidos como debe ser y la casa está a nombre de los dos, ambos estamos trabajando, tenemos cuentas bancarias, una común y cada quien una personal. Me estoy enterando que él tiene una amante desde hace años, ¿a dónde voy, qué trámites tengo que hacer y qué necesito para separarnos? Vivimos en Barcelona, yo me quiero quedar con la casa y las cuentas como indemnización, también quiero a los niños y pensión alimenticia ¿es posible, y qué necesito? ¿O bien hasta dónde puedo aspirar?
Cuando lo descubrí, él terminó por confesarlo todo, también tengo pruebas de su infidelidad como fotos, correos electrónicos y tengo localizada a su amante quien acepta estar teniendo todavía una relación con él. El me reclama la mitad de todo, casa, custodia y cuentas.
Oriénteme

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En primer lugar le diré que la infidelidad, aún en el caso de matrimonio, tan solo supone una causa recogida de divorcio, sin otras consecuencias. En su caso, al no estar casados, no cabe una demanda de divorcio o separación, sino únicamente una demanda de medidas paternofiliales, en la que se fijará la pensión de alimentos a los menores (que irá en función de los gastos reales de los niños y de los ingresos de la persona que tenga que pasar dicha pensión), la guarda y custodia (que si él también la pida, se otorgará a quién el juez estime más conveniente o bien quedará compartida entre ambos cónyuges, caso de ser viable) y el régimen de visitas para el cónyuge que no conviva con los niños. En cuanto a la casa, el juez no va a entrar en adjudicar la propiedad, que quedará como está, es decir, a medias. Lo que si se pide es que el usufructo sea para los menores y, lógicamente, para la persona que tiene su guarda y custodia, hasta que los menores tengan independencia económica, momento en que el progenitor que no convive puede pedir la venta de la misma. En cuanto a la indemnización, procederá pedir cantidad por este concepto si Vd. puede acreditar que ha renunciado a tener ingresos propios (o más elevados de los que tiene) por dedicarse únicamente al cuidado del hogar y de la familia. Si no, no procede.
En este tipo de procedimiento, no se liquidan los bienes comunes, ya que únicamente son medidas de tipo familiar, por lo que la titularidad de las cuentas y la vivienda, y de cualquier otro bien que tengan en común, seguirá como está, al no existir una sociedad de gananciales que se ha de disolver con el divorcio o separación.
En Barcelona en dónde tramito la demanda de medidas paternofiliales, ¿estamos en Castelldefels?
Y olvidé preguntar... ¿Necesito abogado para tramitarla?
Si, necesitas abogado y procurador que te represente. Si no tienes medios suficientes, puedes acudir al Colegio de Abogados de tu provincia y solicitar uno de oficio.
Me es de gran valor tu orientación, bendita sea la computadora, el internet, esta página, foro, blog o como se llame y a expertos como tú quienes comparten sus conocimientos.
Muchas gracias.

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