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Hola. En unos días me examino de Derecho civil V, mi última asignatura de la carrera, y uno de los puntos del programa es "la sucesión contractual y el contrato sucesorio" "Clases de pactos sucesorios". No tengo ni idea a que se refiere. Me gustaría que me dijerais a qué artículos del Código civil se está refiriendo, si podéis decirme qué es lo que es, y si puedo encontrar información en internet. Gracias.

2 respuestas

Respuesta
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Contrato sucesorio es todo negocio jurídico bilateral que tiene por objeto producir consecuencias respecto de la herencia de la persona
La sucesión contractual está prohibida por el Código Civil, al seguir éste la tradición romanista, art. 658 del C.C.
En derecho español se distinguen tres tipos de pactos sucesorios:1º Los pactos de suceder, 2º los pactos de no suceder y 3º Pactos sobre la sucesión de un tercero.
Derechos forales
Aragón: sí los permite, art. 99-109 de la compilación.
Cataluña: se reconoce la figura de los heredamientos, art. 63-96 de la compilación.
Navarra: sí los admite, arts. 172-183 de la compilación.
No conozco ningún sitio en internet para informarte sobre este tema, lo que sí te recomiendo es que busques un manual de derecho civil, que supongo que ya tendrás.
Me has ayudado mucho. He aprobado y he acabado la carrera, jejejeje. Aunque al final no cayó ninguna pregunta de los contratos sucesorios. Mi más sincero agradecimiento
Respuesta
En principio, la pregunta en cuestión en territorio común se refiere a lo que dispone el art. 1271 del C.c. en su párrafo 2º y 827 y ss. Del C.c. respecto de la mejora en capitulaciones matrimoniales, todo esto aderezado con explicaciones de porqué en el sistema civil español repugna la idea de contrato sucesorio.
Si estás en Galicia, la Ley de Derecho Civil de Galicia destina el Capítulo II del Titulo VIII a los pactos sucesorios (art. 117 a 135) regulando varias posibilidades.
En Internet mira por el rincón del vago, que a lo mejor tiene algo; en libros, aunque te resulte pesado creo que está en los capítulos CLXXI y CLXXII en el Tomo 6, del Castán, en concreto creo que es el volumen II, que como siempre es un tostón pero trae todo; no lo he podido comprobar porque sólo tengo el volumen I.

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