, Reclamación de Cantidad

Buenas Noches;
Mi hija se ha separado recientemente de una relación de Novios en la que han convivido en la vivienda de él, han estado junto alrededor de 4 años y mi hija ha sido Co-titular en la cuenta corriente donde ingresaban sus ingresos y de ahí iba una parte destinada a pagar la hipoteca del piso, ademas de eso sigue empadronada en el domicilio de la vivienda en cuestión.
La vivienda esta escriturada a su nombre unicamente,, llegaron a un acuerdo económico tras la separación (Verbal) y ahora, ¿primero esta teniendo problemas a la hora de solicitar un crédito de 6000? (Cuestión que me parece extraña) y por ultimo ha alegado lo siguiente: "Si el piso me lo quedo yo, y me como toda la deuda en verdad tu deberías de darme dinero por librarte, por ello doy el asunto por cerrado",,, me parece de lo más absurdo y sin ningún fundamento, claramente con el objetivo de no pagar
Por si es relevante, mi hija tiene su coche (a nombre de él)por temas de trabajo que también le pide... Por favor, ¿qué consejo podría darle a mi hija?,,, ¿Tiene alguna base su comentario? Y sobre todo,, ¿tendría posibilidades por la vía judicial de ganar el caso con lo expuesto?... Y por ultimo, y disculpe Sr,,, podría tener abogado de oficio, ¿ya qué no tiene patrimonio y es autónoma actualmente?... Gracias por todo y esperamos con mucho deseo su contestación.

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Por lo que comenta deduzco que el préstamo hipotecario está a nombre de los dos y la vivienda a nombre de él
Evidentemente ella no tiene que pagar nada por no querer seguir en el préstamo hipotecario por una vivienda que es de él, es más él no es quien tiene que liberarla de nada sino la entidad bancaria, si el banco no accede al cambio en el préstamo ella no podrá dejar de ser prestataria, en todo caso a quien corresponde pagar es a él pues si no lo hace el banco ejecutará la hipoteca y se quedará sin casa
cabría que os plantearais también la posibilidad de recuperar las cantidades entregadas por tu hija siempre que podáis demostrar su procedencia
lo del coche es más complicado si está a nombre de él, se podría intentar una acción reivindicatoria justificando el pago de ella y el motivo por el que se lo puso a él como titular
sobre el derecho a justicia gratuita depende de lo que haya declarado en el irpf en el año anterior, de todas formas podéis informaros si tenéis derecho a justicia gratuita en el colegio de abogados donde os indicarán los requisitos y los formularios que tenéis que rellenar
Buenas noches; Muchas gracias por responder tan pronto,, puntualizo algún detalle que no he explicado con claridad:
1/ La cuenta corriente asociada (Si no he entendido mal a mi hija) esta a nombre de los dos,, pero el préstamo hipotecario donde va destinado el dinero de la cuenta esta a nombre de su Ex-novio, ya que la vivienda es suya con anterioridad... la cuenta corriente esta a nombre de los dos.
2/ La forma de demostrar la procedencia seria por lo expuesto anteriormente y porque todavía esta empadronada en la vivienda de su Ex-novio.
3/ En cuanto al coche, esta a nombre suyo desde antes de conocerse,,, lo tiene mi hija por cuestión de trabajo,, pero no puede comprarse uno de 2ª mano hasta que no la devuelva su dinero...¿Podría presionarle amenazándole con NO devolverlo?
4/ Sobre su exposición de su ex-novio: "El valor de la vivienda actual menos la deuda da negativo, por lo que cierra devolverle el dinero ya que la vivienda esta por debajo de la hipoteca"... ¿tiene algún fundamento legal en esta situación?
Prometo agradecértelo con la máxima nota, de verdad y muchas gracias por todo y tus consejos.
1/ La cuenta conjunta solo supone una facultad de disposición frente al banco, pero esto no altera la titularidad de los fondos que se metan en él, que será propiedad de quien los meta y en su caso podrá reclamar contra el que haya sacado más de lo que le corresponde, para ello deberá acreditar que esos fondos eran propiedad de su hija
2/ Hay diveras formas para intentar acreditar su procedencia, como puede ser el cobro de nóminas cuyo cobro se mete en la cuenta, testigos, etc, pero esto será labor del abogado que os designe el colegio de abogados en función del caso en concreto
3/ Si está a nombre de él, él podrá ejercitar acción reivindicatoria para recuperarlo
4/ No, si la vivienda es propiedad de él, el debe hacerse cargo de su pago, si no quiere que lo venda y se repartan lo que cada uno ha puesto

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