Reparto vivienda

Buenas noches,,,
En caso de un reparto de una vivienda por separación,, por si es relevante al 50%,,, pero el calculo del valor de la vivienda menos la deuda con el banco sale con un saldo negativo...
¿1/Que ocurriría con la persona que decide dejar la vivienda?
¿2/No le correspondería nada económicamente?
¿3/Debe abonar a la persona que se queda con la casa su parte en negativo?,,
4/ o se llega a un acuerdo económico y se podría recuperar lo ingresado,,, ¿ya qué la otra persona se queda con la vivienda?
Gracias por su atención

2 respuestas

Respuesta
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Para calcular el valor de la vivienda, que será siempre positivo, no se tiene en cuenta el préstamo hipotecario, es al revés. El cónyuge que se queda la casa tiene que pagarle al otro el 50% de su valor, el precio de mercado.
Mejor explico la situación practica:
Mi hija lleva 3 años con un chico, ¿adquirieron una vivienda que les costo en torno a los 200.000?,,, me informo otro abogado Civil,, que para saber el dinero que le corresponde teniendo en cuenta que ella no se queda el piso, si no su ex-pareja,, había que aplicar una fórmula muy sencilla: Valor real del piso (¿A bajado ahora a 180000?) ¿Menos la deuda al Banco que es de 195000? .......por lo que: 180000-195000= - 15000?,,, saldo negativo y no podemos aplicar el 50% que la corresponde... de ahí a todas las preguntas que formulo y que no entiendo la explicación...
Gracias
No estoy de acuerdo con ese abogado. Si el piso vale 180.000 euros a su hija le corresponden 90.000 euros. Sería completamente injusto que el chico se quedara con todo el piso y su hija con nada, le corresponde, como le he dicho el 50% del valor, y no se tiene en cuenta lo que se deba al banco.
... no quiero resutar pesado,, cierro en el siguiente correo, pero esto fue lo indicado:
"Si lo que están repartiendo en realidad es una deuda la persona que la asume en su totalidad debe percibir de la que sale el importe que le corresponda"... Bueno y hace referencia a que es licito restar la hipoteca que quede del valor de la vivienda real en ese momento ya que el que se quede con la casa se queda con la deuda, que la otra parte no va ha pagar,, por lo que el raparto del 50% se debe hacer tal y como este la vivienda en ese momento en el mercado,, restando la carga que tenga la vivienda...
En fin,, he encontrado varios abogados que me lo han expuesto así,,, y me parece tan injusto no recibir un duro por que de saldo negativo por la deuda,,,, que el caso que tu pintualizas,,, no se puede dar la mitad de algo que no terminas de pagar...
Te exongo esto por si quieres matizar algo,,, cierro en la siguiente y muchas gracias
No me parece en absoluto que sea pesado, pero sigo pensando lo mismo. Cuando se vende una vivienda no se tiene en cuenta en el precio lo que quede por pagar de préstamo hipotecario, si así fuera los precios de la vivienda serían mucho más baratos, o incluso, si lo que queda por pagar es más de lo que vale la vivienda, como en su caso, la vivienda sería gratis. Esto es completamente absurdo. En este caso, que se hace el reparto de la vivienda, a su hija se le tiene que entregar la mitad de su valor, es decir, 90.000 euros. En otro caso se quedaría con nada, ya que no se le puede entregar -7.500 euros, y él cónyuge con toda la casa sin pagar nada por la otra parte. Esto no es un reparto justo, es una chapuza.
Respuesta
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Cuando se haga la liquidación de la vivienda, tienen Vds. que descontar las cargas del valor de la vivienda. Si lo que queda es una deuda, o bien se vende a un tercero y se liquida la deuda, haciéndose cargo por mitad los dos titulares de la deuda que pueda quedar, o bien uno se la adjudica indemnizando al otro por el valor que le correspondiera menos la parte de deuda que también le corresponda, y si el resultado es otro saldo deudor, deberá pagar esa parte.
Me resulta algo confusa la explicación, lo siento por no entenderla,, pero algo he cogido,,,
1/La vivienda no se liquida (No me he explicado bien) se la queda su ex-novio,, pero la comenta que al tener saldo deudor del valor de la vivienda con respecto a la hipoteca (imagino que la denomina .. carga),, sale NEGATIVO,, por lo que la exige, no solo no pagar lo que ha invertido,, si no que le de dinero a él... ¿Esto es así?
2/En caso hipotético de que mi hija no este incluida en las escrituras de la vivienda,, ¿ocurriría lo mismo?
Muchas gracias por tu atención.
Me resulta un poco extraño que el valor de tasación de la vivienda esté por debajo del importe de la deuda hipotecaria, ya que ésta se calcula solo de la cantidad principal que se debe, sin los intereses. La casa se liquida, ya que se la va a adjudicar uno de los dos, y eso es una liquidación del bien. Si su hija no está incluida en las escrituras de compraventa de la casa, y ésta se adquirió con un crédito hipotecario, tampoco debería figurar como deudora de ese crédito, con lo que la cosa cambiaría bastante.
Espero haberle aclarado el asunto, aunque sin poder ver documentos concretos es un poco difícil concretarle más.
.. No resulta tan difícil que ocurra,, también es mi caso,,, unicamente debes haber adquirido una vivienda en época de máximos históricos en precio y de repente,, la burbuja estalla y me encuentro con la devaluación del precio de la misma con respecto a la hipoteca y claro,, hablamos en "Neto",,, sin intereses evidentemente.
.. SIn molestarte más,, podrías aclararme más sobre el 2º punto,, efectivamente ella no figura en la vivienda,, vivió 3 años de convivencis con su ex-novio ingresando SU dinero en la misma C.C que él y de ahí, se realizaban transferencias a la hipoteca,, después de la separación,, es lo que necesito saber...¿Podría recuperar su dinero?,,, ella sigue como co-titular en dicha cuen y empadronada en dicha vivienda.. Gracias
Si no figura como titular de la vivienda ni de la hipoteca, aunque haya puesto dinero, no podrá reclamarlo como parte del pago de la vivienda, así como tampoco tendrá que hacer frente a la deuda. Se entenderá que el dinero que ella aportaba a la cuenta común se empleaba en los gastos comunes, salvo que pueda acreditar documentalmente otra cosa. Examinar bien de qué prueba documental disponéis y si veis que es suficiente, que le reclame el dinero en concepto de dinero prestado durante la convivencia, sin especificar que era para la vivienda, ya que os resultará más conveniente.

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