Articulo de prensa fdo por ex compañero de trabajo

Mientras trabajaba en esta empresa hice un par de entrevistas para un par de revistas, y ayer navegando por internet veo que al menos una de las entrevistas ha sido publicada en una revista en su sitio web.
El problema es que veo que el articulo esta firmado por un ex compañero de trabajo.
La empresa me hizo un despido improcedente hace un par de semanas y las relaciones con la empresa son muy malas pues se niega a darme el certificado de la empresa de la seguridad social, y no me han pagado el despido. Me mandaron un burofax diciendo que estaba a mi disposición en el juzgado, pero cuando fui al juzgado me dijeron que la empresa no había aportado el poder y que por lo tanto no me podían dar el dinero.
¿Por favor alguien me puede decir que puedo hacer ante esta situación de impotencia?, tengo alguna opción en cuanto al articulo que ha sido firmado por un ex compañero, en cuanto al certificado, ¿y al dinero del despido?, ¿Hay un plazo legal para que me entreguen ese dinero?
Muchas gracias!

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Si no le entregan su finiquito por un defecto de forma, que en este caso es no haber aportado un documento necesario como es el poder, puede vd. exigir que se le paguen los intereses devengados por el retraso. En cuanto al artículo, si vd. puede demostrar que es vd. es el autor, puede denunciar su publicación y la apropiación indebida de su propiedad intelectual.
¿Y a quien y ante quien tendría que denunciar?, a la revista que publica el articulo, o al ex compañero de trabajo, ¿a mi ex-empresa o a cualquiera de ellos?,
¿Me podrías decir en que ley o articulo se protegen estos derechos?, ¿Qué procedimiento habría que interponer?
Muchas gracias!
Tiene vd. que denunciar a su compañero de trabajo, por la apropiación indebida, y si puede probar que la revista que lo ha publicado tenía conocimiento, a la revista ya que ha sido un cooperador necesario. El derecho que se protege es el de la propiedad intelectual, y se regula en el código penal como un delito contra dicha propiedad. El procedimiento se puede iniciar mediante denuncia ante el juzgado de guardia que realiza el propio interesado.

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