Prevención de riesgos laborales

Hola Caraspi,
Sé que técnicamente no es de tu especialidad, pero me ayudaste mucho en otra cuestión que te planteé y como no he encontrado una sección especifica de riesgos laborales quizá al estar relacionado con la normativa del ámbito laboral me puedas ayudar.
En mi trabajo, por falta de espacio, han alquilado un almacén al hotel de al lado. Es una parcela en un sótano. Los trabajadores para acceder a este sótano tienen prohibido el uso de las escaleras para no entorpecer el funcionamiento del hotel, y les obligan a usar un montacargas. El montacargas, viene especificado como tal, y tiene un cartelito en su interior que prohíbe el uso del mismo a personas. ¿Aún así puede ser un montacargas mixto? La apariencia es de un ascensor normal.
La duda es esa. ¿Nos podemos negar a utilizarlo como ascensor? ¿De quién es la responsabilidad en caso de accidente?
Muchas gracias por tu atención

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Efectivamente, la prevención de riesgos laborales es un apartado muy importante de lo laboral.
Bueno, pues te indico que en el Real Decreto 1314/1997, de 1 de agosto, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 95/16/CE, sobre ascensores y montacargas, dice:
Montacargas = Aparato elevador instalado permanentemente, que sirve a niveles definidos. Consta de una cabina inaccesible a personas, por sus dimensiones y constitución... etc etc y dentro de las normas de seguridad se especifica claramente:
No utilizar el montacargas para el desplazamiento de personas.
Por todo lo cual, deberéis advertir a la empresa que está incurriendo en una falta grave, deberíais negaros a utilizarlo como ascensor, ya que estáis incumpliendo una medida básica de la ley de Prevención de Riesgos Laborales.
Por otro lado, en caso de accidente, el único responsable será el propietario de dicho montacargas por no velar por la Salud y Seguridad de las personas que lo utilizan. Desgraciadamente yo trabajé en una empresa de Canarias hace muchos años en el que un trabajador usó un montacargas que tuvo un fallo y se mató. La multa y posteriores consecuencias que tuvo la empresa fueron muy fuertes.
Yo creo que es un montacargas industrial. La apariencia es como la de un ascensor. Tiene unos sensores de movimiento que hace que el aparato se detenga en caso de que se mueva la carga. Y la entrada es amplia. La diferencia es que especifica claramente, la prohibición de subir y bajar personas. Por lo tanto supongo que si fuese un montacargas mixto no estaría dicha prohibición. Me resulta increíble pensar que una empresa juegue de esta manera con la vida de la gente. En caso de accidente, ¿sería responsable el hotel? ¿Podría alegar que los trabajadores actuaron por su cuenta y riesgo?
No importa que los trabajadores obren de forma negligente. La regulación al respecto es clara, el único responsable será la empresa, por ser la encargada de velar por la seguridad de sus trabajadores.

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