Denuncia judicial por deuda comunidad

Soy propietario de una vivienda estudio, tengo a día de hoy una deuda de comunidad de 590Eur incluidos los intereses, es la primera vez que no puedo pagar la comunidad, siempre he ido al día en los pagos, estoy puesto en la lista de morosos de mi comunidad, y el abogado de mi comunidad ya me ha reclamado dicho pago en un tiempo de 5 días si no pago me denuncia en el juzgado, yo no me niego a pagar pero la realidad y lo puedo demostrar es que en el trabajo yo y 4 compañeros más llevamos más de 6 meses cobrando solo 300Eur el dueño dice que no puede pagarnos más, por supuesto todo esta denunciado y lleva el caso un abogado de comisiones obreras, ya salio un primer juicio donde el dueño llevo papeles falsos y el juez se dio cuenta de este detalle, fíjese sin es sinvergüenza el dueño, por este tema tengo facturas impagadas de telefónica, debo comunidad, telefonía móvil, los recibos de la luz voy pagando a duras penas los últimos por que con 300Eur como comprenderá no me llega para más, esto es insoportable, todo lo que digo es la pura verdad y demostrable, tengo miedo a perder mi estudio por embargo que tanto me costo comprarlo con mi sudor de trabajar, quería saber si puedo solicitar algún aplazamiento o algún tipo de privilegio que pudiera beneficiarme sobre el embargo de mi vivienda, repito no me niego a pagar pero NO PUEDO PAGAR por que el dueño solo me paga a mi y a los demás trabajadores 300Eur todos los meses, eso si... Este Sr se pasea con su porsche cayenne por la calle, se pega sus buenas cenas por los restaurantes, tiene varios negocios más, y su chalet ¿qué ley tenemos en españa para que ocurra esto? ¿Debo de entender que con las leyes actuales vive mejor el delincuente que la persona honrada?
No sigo por que me caliento, agradecería mucho cualquier solución o idea que pueda usted aportarme en relación con mi situación planteada.

7 Respuestas

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Sin o puedes pagar, pues no puedes pagar. No le des más vueltas. El problema está si te denuncian y vas al juzgado. Ahí es donde deberás demostrar que NO puedes pagar. Tendrás que buscarte abogado, ¿demostrar qué tu nomina (no en negro) es de unicamente 300? O que estás pendiente de una resolución judicial por haber denunciado tú al dueño que sólo te está pagando parte de tu contrato laboral.
Por ahí van los tiros. Suerte!
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Lo primero que le recomendamos es hablar con la comunidad y exponer su caso, con todos los papeles que tenga. Intentando hacer ver su posición a pagar, pero que le es imposible hacerlo en estos momentos. En definitiva, negociar, aunque se tenga que comprometer a pagar poco a poco, en cantidades pequeñas.
Si no llegan al acuerdo, tiene un pequeño tiempo, mientras se celebra el juicio, para pagar...
Agradecemos valoración respuesta.
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Antes de nada decirle que entiendo su desesperación (sobretodo si está cobrando esas cantidades sabiendo que el jefe puede pagarle más).
El tema, jurídicamente, ha de separarse.
Por el tema de la comunidad no tiene derecho (y digo derecho y no posibilidad) de solicitar ningún aplazamiento. La única posibilidad que tiene es pactar o llegar a un acuerdo de pagos parciales con la comunidad. Si ellos no se hacen cargo de su situación no tiene nada que hacer.
Supongo que le han dicho, pero si la comunidad decide ir al Juzgado allá se abrirá un procedimiento monitorio que puede acabar, al cabo de un tiempo, en un embargo del estudio. Como le decía, la única opción es pactar con la comunidad un pago aplazado.
Ya le he dicho que entiendo su enfado, pero ha de entender que la comunidad no puede cargar con los problemas personales de cada uno y por ello la ley no permite aplazamientos por la situación personal-económica de cada vecino.
La otra opción, y es lo que no acabo de entender, es que pasa con el cobro del sueldo entero. El Juez se dio cuenta de que los papeles eran falsos. ¿Hay sentencia del procedimiento? ¿Si les debe esas cantidades no hay condena? Realmente la solución pasará porqué pueda incrementar sus ingresos y no por un aplazamiento en la comunidad.
Siento no poderle dar más buenas noticias pero es lo que hay
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En caso de que intenten embargarle la vivienda debería solicitar que le declaren en concurso de acreedores en el Juzgado de lo Mercantil que corresponda. Así se paraliza el embargo y se puede pactar un aplazamiento del pago o incluso una reducción de la deuda. Lo que se pretende en ese procedimiento es que la gente pague de acuerdo a sus posibilidades.
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A ver por no pagar tu comunidad no te van a embargar el piso, eso tenlo claro, te pondrán una denuncia civil por impago de la comunidad pero nada más. Habla con el presidente de tu comunidad a ver si te da alguna solución, explicale tu caso a ver que tal. Por el tema del embargo de tu piso no te preocupes porque eso no ocurrirá.
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Lo primero que tendrasque hacer en tu empresa es denunciar en el SMAC de tu ciudad, al dueño de tu empresa, por impago de nominas con consecuencias de no poder pagar tus gastos llegando al punto de que te están denunciando en tu comunidad.
Hola, lo del SMAC que dicta usted ya se hizo ¿qué ocurrió? Que el empresario paso tres pueblos y no fue a la citación, hamos a ver la empresa no nos ha despedido, seguimos trabajando pero por 300Eur mensuales, y no podemos dejar el trabajo por que perdemos todos los derechos, el empresario se acoge a que no tiene dinero para pagar (fácil y para toda la familia) a veces con las leyes que tenemos en españa no se si estoy en mi país o estoy en etiopia, áfrica, o quien sabe donde.
Saludos
Pero en el caso de que sea cierto, se le manda hacer una auditoria y se ve si tiene -o no tiene, en el SMAC, si la empresa no va a la citación por 3ª citación se le hembarga las cantidades acordadas.
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Le aconsejo que se ponga vd. en contacto con el administrador de su comunidad para intentar llegar a un acuerdo de pago, exponiendo su situación y justificándola debidamente. Si no se consigue, cuando le demanden en juicio monitorio, podrá vd. comparecer ante el juez y acreditar su situación, proponiendo allí una fórmula de pago acorde a sus circunstancias, bien sea un plazo coincidente con cuándo vd. perciba su indemnización, bien sea mediante pagos periódicos. El tipo de juicio, al ser de menor cuantía, no requiere comparecer con abogado ni procurador, por lo que podrá vd. ejercitar su propia defensa.

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