Reclamación herencia

Buenas noches,
antes que nada agradecerles su ayuda. La pregunta que voy ha realizarle no creo que sea muy dificultosa de responder para personas como usted. Es la siguiente y es relativo a una situación curiosa en temas de herencias que se me ocurrió hace unos días.
Un padre A y una madre B representa que solo tienen un solo hijo C. Este hijo C por un error humano en el hospital donde nació, en realidad no es el verdadero hijo de ninguno de los dos, ni del padre A ni de la madre B. Los dos mueren y el hijo C hereda todo el patrimonio de sus supuestos padres. De manera simple diremos que C hereda 100 euros y los hace crecer con el tiempo hasta 300 euros a través de varias inversiones.
Al cabo de unos años aparece un hijo D (que es el verdadero hijo de los señores fallecidos) y que reclama la herencia. ¿Este hijo D tiene derecho a reclamar algo de aquella herencia?
Vuelvo a insistir en que le agradezco mucho su ayuda.
Muchas gracias y saludos,
(xxxxxx)

1 respuesta

Respuesta
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Este hijo DE, si acredita que es hijo biológico de los fallecidos, tiene los mismos derechos hereditarios que el hijo C, que lo es por filiación, y puede reclamar ese derecho.
Cierto, el hijo DE podría reclamar. Pero por el tema de que ha pasado un tiempo (años) desde la otorgación de la herencia, su derecho ya habría prescrito y entonces no tendría derecho a nada, ¿cierto? Acláreme esto por favor.
Muchas gracias y saludos,
(xxxxxx)
Si él se ha enterado ahora de que es hijo del fallecido, su derecho empieza a contar desde que tiene conocimiento de su calidad de heredero, no desde que se produjo el fallecimiento.

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