Herencia

Buenas noches,
Mi duda es la siguiente. Mi padre murió en el año 2002 dejando la casa familiar a partes iguales a los 9 hijos y como usufructuaria vitalicia a mi madre. En marzo de 2010 mi madre ha fallecido extinguiéndose el usufructo. En la casa familiar residimos dos de los hermanos que convivíamos con mi madre. ¿Tenemos algún derecho de residencia mientras no se ponga a la venta el inmueble? ¿Se tienen que poner de acuerdo todos los herederos para ponerla a la venta?
Agradeciendo de antemano su ayuda
Atentamente

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Vds., como propietarios de la casa adquirida por herencia, aunque sea solo en parte, tienen el correspondiente derecho de uso, igual que lo tienen los demás copropietarios. Si la venta se hace mediante una transacción normal, tienen que firmar todos los propietarios-herederos. Si no se llegara a un acuerdo sobre la venta, los que quieran vender pueden instar la venta judicial en subasta pública, ya que como es un bien indivisible y sus propietarios forman una Comunidad hereditaria, la ley permite recurrir a una acción de extinción del condominio, aunque no lo quieran todos.
Gracias por la respuesta, aunque me gustaría aclarar el siguiente punto
¿En relación al derecho como copropietarios ( por herencia ) significa que cualquiera de ellos puede decidir instalarse en la casa con independencia de si ya está ocupada desde anterioridad por alguno de los otros herederos?
Atentamente
Si, ya que el derecho de propiedad implica el derecho de uso.

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