Me han comunicado un requerimiento monitorio

Hoy he recibido un requerimiento por una deuda del año 1995, me reclaman 2500e y me dan 20 días para pagar, evidentemente no dispongo del dinero, mi pregunta es
No tengo bienes ni nada, solo mi nomina.
Cual es el siguiente paso una vez que finaliza el plazo, ¿qué tiempo pasa hasta que me embarguen? Es decir el 25 de junio terminan los 20 días, ¿es posible que ese mismo día me embarguen cuentas y nomina?
Respuesta
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Ese mismo día no.
Cuando pasan los 20 días sin que usted pague ni se oponga el Juez dictará un auto, que será objeto de ejecución.
A partir de ahí le investigarán los bienes que tenga para proceder al embargo.
Cuando le encuentren la nómina, le embargarán una parte proporcional de la misma todos los meses hasta que pague el total de la deuda, más intereses y costas.
Pero tranquilo, que el proceso no es tan rápido como piensa.
Espero que la respuesta le haya sido de utilidad.
(Accidentes de tráfico e indemnizaciones, divorcios, separaciones, modificación de medidas, herencias...)

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