Multa por posesión de cocaína

Hace 7 meses en un garito me pillaron con 0.37gr de cocaína, me pidieron la documentación y ahí se quedo la cosa. Ahora me ha llegado una denuncia por ser responsable de la tenencia de la citada cantidad. ¿En su momento no tendrían que haberme dicho que me sancionarían y que me llegaría una carta? En la carta dice que me sancionan con 300euros y que tengo 15 días para alegar. He leído por ahí que si es la primera vez que te pillan te la suelen quitar, ¿es cierto? Si la pago, ¿quedaría cerrado el expediente?, ¿En caso de me volviesen a pillar aparecería que tengo antecedentes por posesión?
Agadeceria recibir una respuesta lo antes posible, ya que me quedan 2 días para que pase el plazo de 15 días para poder hacer alegaciones.
Respuesta
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Este es un supuesto de infracción administrativa, no penal, por lo que no va a quedar antecedente penal alguno
Lo de avisarte de que te llegaría la sanción es indiferente para ponerte la multa, el hecho es que un agente te pilló con esa substancia y te tomó los datos, en ese momento se inicia el plazo de prescripción para notificarte la iniciación del procedimiento, en tu caso se trata de una infracción grave conforme al art 25 Ley orgánica protección seguridad ciudadana, prescribiendo por tanto a los dos años conforme al art 27
El hecho de que sea la primera vez no te va a quitar la multa, esto rige para la penas privativas de libertad, no para las sanciones administrativas
Como te he comentado al ser infracción administrativa no quedará antecedente penal, lo que ocurre es que si vuelven a encontrarte otra vez con estas sustancias podría considerarse reiteración a fin de agravar la multa
Respecto a la posible alegaciones tienes que tener en cuenta que lo que el agente recoge en su denuncia tiene la presunción de veracidad, por lo que te correspondería a ti demostrar que esos hechos no son ciertos
¿Qué quieres decir con que prescribie a los dos años?
¿Si pago la multa, llegara alguna segunda carta al domicilio? En ese caso ¿podría cambiar la dirección a la que llegaría? El asunto es que la primera llego a casa de mis padres, por lo que la han leído y se han enterado de todo. Yo les he cicho que es mentira y que voy a recurrirla, pero si llega alguna notificación de que la he pagado verán que no es así y no quiero reconocerles la verdad puesto que desconfiarían más de mi.
Por otro lado, ¿no me tenia que haber llegado un aviso antes de recibir directamente la denuncia?
Si hubieran transcurrido dos años desde que cometiste la infracción (desde que te pillaron) hasta que te llega la comunicación la infracción habría prescrito y no podrían reclamarte su pago
Si pagas esa sanción en principio no debería llegar más comunicación, salvo que estimen oportuno comunicarte la finalización del expediente por pago (depende del funcionario)
Puedes presentar escrito al tiempo que pagas comunicando otro domicilio a efectos de notificaciones y solicitando que en adelante las posibles notificaciones de ese procedimiento se practiquen en dicho nuevo domicilio
Lo que llega es la denuncia, con la propuesta de sanción y en el que se le da plazo para alegaciones

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