Problemas vecinales

Hola. Necesito consejo. Hace aprox de 6 meses entraron a vivir en el edificio unos vecinos de alquiler. Ellos viven en un 3º y yo en un primero. Nunca tuve problemas con ellos, ni ruidos ni nada, pero los que si viven debajo de ellos, pues si. Son los típicos vecinos que ponen la música a todo volumen, andan con tacones a la 1 de la mañana, se mea el perro en el ellano y lo friegan, literalmente, con un pantalón viejo... En fin.. Como mi marido y yo fuimos los presidentes asta hace un mes, claro le tenía que llamar la atención mi marido, puesto que a los vecinos no las hacían caso. Ellos, los problemáticos, un día llamaron a mi puerta alas 12 y media pasada de la noche! Y borrachos diciendo tonterías.´Después, otro día a las 11 por otra tontería de un coche que estaba aparcedo fuera... Vamos... Pues resulta, que yo estaba en mi casa y llamaron al timbre, mire por la mirilla, y no vi nada, pero después vi como bajaba la mujer. Abrí la puerta y le pregunto si las niñas que acababan de bajar eran las suyas, m dijo que si, entonces le dije que le llamara la atención, que no es normal. Resulta que la tía me contesta toda borde, que la estoy cansando, cuando nunca hablé con ella, que si tenía cara de mona... Cuando llego mi marido se lo conté, y fue arriba a hablar con ellos. Solo estaba el marido. Dijo que n sabía nada y que estaba cansado de que le llamaran la atención... Nada el tema se quedó así. Pero poco más tarde, ellos subían, y oi como decían que pulsaron la llave del timbre, abrí la puerta (un autoreflejo, aun no se porquelo hice) y la tía se m acerca, diciendo en tono chulo que pedía perdón por hablarme así, pero yo le dije que no, que esa n era forma de comportarse, que era una sinvergüenza. Ahí, se volvió loca. Empezó a decir que mejor que se iva, que si no me pegaba.. Claro yo ya le dije que si que se fuera, que era mejor, porque si me tocaba sería peor.. Mimaa la que arme. Bueno que se armo, gritos, insultos por ambas partes.. Al final cuando se iva me dijo que ma hacia falta un buen polvo, a lo que contesté, un ati quien te lo hecha, porque desde que t dejó tu ex... Con respuesta de que a ella le echaban cien... Y con vuelta a responderle que a eso se le llamaba puta y media... Los dos, el marido y ella se abalanzaron sobre mi, sin llegar a tocarme porque mi marido se interpuso. Si no fuera por el me llegaban a pegar. Resulta que mi marido, claro está los empujo, y ella retrocedió, pero a el lo agarró del cuello y lo zarandeó. Después lo soltó, y aparecieron unos vecinos. Ellos se fueron al algún insulto al aire
¿Qué nos pasará, o que puede pasar si denuncian o algo? Gracias por vuestra respuesta. Por cierto, todo esto delante de las hijas de ella.
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Lo primero y primordial es hacer una reunión de vecinos en la comunidad, y si toda la comunidad esta de acuerdo, requerir al propietario por los daños y perjuicios que os están causando, de todas formas si no recuerdo mal hay un procedimiento judicial para exigir al propietario los perjuicios causados por los inquilinos, lo mejor es ponerse en manos de un buen abogado, y por lo de la riña que me comentas, si llegan a denunciaros ellos, lo mejor es hacer lo mismo, es decir denunciarlos por los mismos hechos, se convertirá seguramente en un juicio de faltas y ya lo que suceda en el juicio. Siempre tiene que haber alguien que no deje vivir, con lo fácil que es vivir y dejar vivir, lamentable desde luego.

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De lo que ha contado pueden haber denuncias mutuas por inurias, respecto a las supuestas agresiones no creo que vayan adelante porque requieren parte de lesiones y no creo que den para ello
Los juzgados están llenos de casos de insultos, amenazas, etc pero solo en casos graves y probados sancionan
Gracias por desponder tan rápido. Yo no tengo intención de denunciar, por eso de que no hay partes de lesiones.., pero ellos si. -¿Entonces me puedo estar tranquila? Y al ser alquilados, ¿no hay forma de "hecharlos"?
Si son alquilados pueden estudiar la posibilidad del art 7.2 de la ley de propiedad horizontal:
2. Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en el o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
El presidente de la comunidad, a iniciativa propia o de cualquiera de los propietarios u ocupantes, requerirá a quien realice las actividades prohibidas por este apartado la inmediata cesación de las mismas, bajo apercibimiento de iniciar las acciones judiciales procedentes.
Si el infractor persistiere en su conducta el Presidente, previa autorización de la Junta de propietarios, debidamente convocada al efecto, podrá entablar contra él acción de cesación que, en lo no previsto expresamente por este artículo, se sustanciará a través del juicio ordinario.
Presentada la demanda, acompañada de la acreditación del requerimiento fehaciente al infractor y de la certificación del acuerdo adoptado por la Junta de propietarios, el juez podrá acordar con carácter cautelar la cesación inmediata de la actividad prohibida, bajo apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia. Podrá adoptar asimismo cuantas medidas cautelares fueran precisas para asegurar la efectividad de la orden de cesación. La demanda habrá de dirigirse contra el propietario y, en su caso, contra el ocupante de la vivienda o local.
Si la sentencia fuese estimatoria podrá disponer, además de la cesación definitiva de la actividad, prohibida y la indemnización de daños y perjuicios que proceda, la privación del derecho al uso de la vivienda o local por tiempo no superior a tres años, en función de la gravedad de la infracción y de los perjuicios ocasionados a la comunidad. Si el infractor no fuese el propietario, la sentencia podrá declarar extinguidos definitivamente todos sus derechos relativos a la vivienda o local, así como su inmediato lanzamiento
Respecto a la denuncia de ellos depende primero de que efectivamente el parte de lesiones haya sacado algo, y después de las pruebas, las declaraciones de unos contra otros no desvirtúan la presunción de inocencia
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No debéis meteros en líos sin necesidad, lo que nunca debis hacer es rebajaros a su altura y mnuchio menos tocarles aunque sea para acariciarlos o levantarlos del suelo, al dfinal os denunciarna por agresión y ya le tenéis liada .
No discutáis ni hablesi, todo por mediacio de escritos y por buró fax al presidente de la comunidad, poniendo fechas horas y lo que haya ocurrido,
después podéis solicitar una junta extraordinaria para hablar del tema y proponer que se les denuncie .
Después intentar recopilar todas las pruebas de su mala convivencia posible para denunciar,
ir a un abogado y que os aconseje lo que hacer,
no estaría demás que os conectaran al ordenador una webcan o camar camuflada en la puerta y que enfoque todo el rellano .
Esto es un tema delicado y no tiene fácil solución
mi consejo es el abogado y que empecéis con la comunidad de propietarios y que le envíen las comunicaciones con las quejas al propietario del piso y que lo solucione de forma inmediata .
Ya, pero la paciencia se agota... y fue un error mio.. mañana mismo tengo pensado hablar con la gestoría y comentarle lo ocurrido. Pero respecto a que pasaría si m denunciasen, a mi o mi marido, ¿qué pasaría?
No soy abogado y lo que dijera podría engañarte, pero yo no me preocuparía mucho seria una denuncia por agresión, y como no le hicisteis nada, me imagino que quedara en poca cosa. Pero hay que tener mucho cuidado
se han dado casos que ni les tocas y resulta que aparecen con brazos rotos ojos hinchado etc etc etc en la comisaria y denuncia que se lo habéis hecho vosotros y si no hay testigos tendréis un problema .
Y no ir al gestor cartas y por buró fax, que equeda constancia la presidente de la comunidad .
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Caso de que denuncien, deberías aportar cuantas más pruebas mejor, en todo caso, entiendo se trataría de un juicio de faltas, que lo normal, seria finalizase con una multa.
Deberías comunicar al propietario del piso donde están los inquilinos, la actitud de éstos, y llevarlo en la próxima Junta como uno de los puntos del Orden del Día, si tenéis Administrador, decírselo, para que trabaje sobre el tema.

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