El recurso de suplicación (que es el que procede en este caso) es un poco complejo por la limitación de las argumentaciones que pueden hacerse
En principio la valoración que hace el juez de la prueba es complicado echarla atrás, salvo que aparezca claramente que ha sido arbitraria, esto solo puede saberse examinando la sentencia y los autos
Se puede intentar modificar los hechos probados a través de las pruebas documentales y periciales practicadas
Y finalmente se puede alegar la vulneración del ordenamiento jurídico
Sin estudiar los autos es complicado determinar la procedencia o no de ese recurso de suplicación, si pretendes presentarlo deberás acudir a un abogado, pues se requiere para la presentación del recurso, él pedirá los autos y valorará la procedencia de ese recurso, ten en cuenta que debes hacer el anuncio del recurso en plazo de 5 días siguientes a la notificación
En este enlace de mi blog puedes ver su tramitación:
http://respuestasenderecho.blogspot.com/2010/08/el-recurso-de-suplicacion-en-el-proceso.html