Prodigalidad !

Los actos realizados después de la demanda de declaración de prodigalidad, pero anteriores a la sentencia del juez que declara prodigo al sujeto, oncretamente una donación.. ¿son válidos? ¿Anulables?
Respuesta
1
Esos actos como dices son anulables, ponlo en conocimiento inmediatamente del Juez que te lleva la prodigalidad.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas