Venta de finca de concentración parcelaria

Hola, mi problema es el siguiente: mis tres hermanos y yo somos dueños por donación de nuestro padre de una cuarta parte indivisa cada uno de una finca rustica de concentración parcelaria. Mis hermanos han vendido cada uno su parte, con escritura publica ante notario. Mis dudas son las siguientes: ¿Por qué yo no he tenido que firmar nada? Podían haberlo vendido sin que yo me enterara. A los nuevos propietarios, ¿les pasaran la escritura por el registro de la propiedad? ¿Qué pasa con el recibo de la contribución? ¿Seguirá viniendo un solo recibo para los cuatro propietarios o es posible fraccionarlo y que vengan los recibos individualizados? Si alguno construye, cometiendo una ilegalidad, ¿quién se hace responsable, solo él o todos los propietarios de la finca? ¿Sirve para algo un documento privado que regule estos temas? Muchas gracias.

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En principio cada copropietario es libre de vender su parte sin necesidad de contar con el consentimiento del resto de copropietarios, pero el código civil atribuye a los copropietarios un derecho de adquisición preferente para adquirir antes que el comprador esa parte por el mismo precio y condiciones
El art 1522 señala: El copropietario de una cosa común podrá usar del retracto en el caso de enajenarse a un extraño la parte de todos los demás condueños o de alguno de ellos.
Cuando dos o más copropietarios quieran usar del retracto, sólo podrán hacerlo a prorrata de la porción que tengan en la cosa común.
En cuanto al plazo el art 1524 señala: No podrá ejercitarse el derecho de retracto legal sino dentro de nueve días contados desde la inscripción en el Registro, y en su defecto, desde que el retrayente hubiera tenido conocimiento de la venta.

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