Recurso Contencioso Administrativo

¿A qué hace referencia cuando habla sobre Disposiciones de carácter general?, gracias

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Las disposiciones de carácter general son las normas de rango inferior a la ley o reglamentos que pueden dictar los órganos administrativos o incluso los miembros del Gobierno y que se pueden impugnar ante la jurisdicción contencioso administrativa (como los Reales Decretos del Consejo de Ministros, Ordenes Ministeriales, Acuerdos, Resoluciones, Decretos de las Comunidades Autónomas, Ordenanzas de los Ayuntamientos, Bandos de los Acaldes etc)
Siempre con rango inferior a la ley, si bien también pueden ser impugnados los Decretos Legislativos (que tienen rango de Ley) cuando exceden de los límites de la delegación

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