Sentencia juicio de faltas

Hola, me ha llegado la sentencia del juicio de faltas y tenia una duda; ¿Yo era la victima y al acusado le han puesto 20 días a 8?, y luego en otro apartado pone:
TERCERO: De acuerdo con el artículo 123 del C.P., con el artículo 240 de la LECr se impondrán las costas al denunciado.
¿Entonces qué quiere decir? ¿Qué tiene que pagar costas del juicio de faltas? Yo ni el llevábamos abogado ya que ponía que no hacia falta, no se si te acordarás de mi que te hice la consulta al respecto y era por apuntarme con una escopeta de perdigones a mi y a mi hijo de 6 años.
Si llegasen a recurrir sobre cuanto tardaría en llegarme el aviso a casa, ¿quién me daría eso?
Espero su respuesta y muchas gracias por su ayuda.
Respuesta
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Si no llevaste abogado no puedes reclamar los honorarios del mismo, en cuanto a las costas del juicio de faltas algunos juzgados hacen expresa mención a la condena en costas y otros no, pero para que se puedan reclamar es necesario haber sufrido los gastos a que las costas se refieren
Respecto al recurso la otra parte tiene un plazo de 5 días, si lo presenta a ti te llegará el aviso imagino que entre un par de semanas y un mes, depende de cada juzgado

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