Deuda de anterior propietario

Hola,
Tengo una casa en la que el arquitecto que la hizo en el año 1990 me reclama ahora a mi, que no fui que le encargó el proyecto, 4000 euros que le quedaron pendientes por cobrar al anterior propietario. ¿Es una deuda mía al haber adquirido la vivienda? ¿Ha prescrito? ¿No debería reclamarle al anterior propietario que es quien le encargó el proyecto y no le acabó de pagar? Gracias.

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Entiendo que la deuda no es suya, puesto que no son cuantías afectas a la vivienda. Y tratándose de una deuda personal del anterior propietario, su plazo de caducidad sería de 15 años, aunque la prescripción dependería de los actos de notificación que se hayan realizado o no anteriormente. Mi consejo, es que le notifique usted a su vendedor la reclamación de la arquitecta, y asimismo a la arquitecta, le justifique el habérselo notificado a su vendedor como prueba de su buena fe, manifestándole, no le corresponde a usted dicho abono.
Yo no tengo manera de localizar a los señores que me vendieron la casa hace ya 15 años. No son conocidos de la familia, ni tengo noticias de donde fueron al vender ni nada. Y supongo que si el arquitecto me pide el dinero a mi, será porque tampoco él sabe donde localizarles y le es más sencillo dar conmigo que soy quien está en la dirección que le consta en el proyecto y la obra que hizo en su día.
Entonces, quiere decir que puedo olvidar el tema porque conmigo no tiene nada que ver, ¿no? No es una deuda de la vivienda, sino de quien encargó el proyecto en su día, que fue el matrimonio a quien yo compre, ¿es así?
Gracias
Si efectivamente, así lo entiendo yo, no es una deuda afecta a la vivienda.

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