Usufructo

Hola tengo unas preguntas que espero que me pudiera orientar
lo mejor posible.
Hace aproximadamente unos veinte años que murió mi abuelo
materno y en su testamento puso como herederas de su terreno a mi mama y a
otros tíos y a unos primos en el cual todos vivíamos cada quien en sus casas
que habían construido en el mismo, y a mi abuela la nombro como heredera
vitalicia ya que no estaban casados legalmente y a uno de mis tíos que también
heredo lo puso como albasea. El caso es que cuando murió mi abuelo mi tío el añbacea
convenció a mi abuela para que a una de mis tías y a mi mama las demandara
pidiéndoles que desocuparan el inmueble en el que viieron desde toda la vida,
en este tiempo para acá que nos desalojaron mi papa y mi tía tuvieron que
llevar a un juicio el cual resulto favorable para mi tía pero desgraciadamente
mi tío (albacea)interpuso un amparo
contra el fallo del juez argumentando que mi abuela solo estaba exigindo se le
reconociera su derecho de usufructuaria vitalicia ya que solo pedía la
desocupación del inmueble en el que vivía mi mama y mi tía desafortunadamente
los licenciados que con grandes esfuerzos habían podido contratar ya que somos
de escasos recursos desaparecieron y ya no supimos que hacer después con lo del
amparo que habían interpuesto.
Entonces mis papas y mi tía optaron por salirse del terreno
para que ya no hubiera ningún problema con mi tío puesto que en realidad el es
quien quería que nos saliéramos para poder adueñarse de la parte que le
correspondía a mi mama y a mi tía esto fue en el año de 1993 y la demanda la
habían puesto en el año de 1991, más o menos tres años después murió mi abuela
y ya no supimos más hasta hace el mes de junio de este año que le llego a mi
mama y a mi tía un papel que decía que tenían que pagarle a mi tío (albacea) la
cantidad de $474,000 pesos supuestamente por concepto de rentas ya que mi
abuela lo había nombrado como heredero de su usufructo y entre el y su hija
como albacea de mi tío (su papa) habían
reabierto el juicio para reclamar esta supuesta cantidad y como nunca nos
llegaron notificación de ningún tipo supuestamente el juez fallo a favor de
ellos.
También el ha estado haciendo actualmente muchas cosas como
poner las construcciones como departamentos e incluso los numero.
Una vez habiéndote expuesto a grandes rasgos la situación de
mi mama y de mi tía mis preguntas son las siguientes:
¿Mi tia puede heredar el usufructo se nadamas era de mi
abuela hasta que muriera ya que muriendo ella los herederos pasan a ser
propietarios? ¿El puede cobrarnos esta cantidad supuesta por rentas si no
hay ningun contrato de pormedio y ademas mi abuela en la demanda que les habian
puesto solamente reclamaba la desocupacion de inmueble y ninguna otra cosa mas
incluso de la fecha del juicio a la fecha del amparo que ellos interpusieron
solamente fueron dos años que son 1991 a1993 mismo año en el cual desocupamos
la casa por lo tanto yo creo que es inconsebible la supuesta suma que el
reclama por dos años de renta que el quiere cobrar?
¿Algo tendrá que ver que ahora este moviendo varias cosas
para poner el terreno como inmueble de departamento poniéndole numero a las
casas que desocupamos mi mama y mi tía desde hace casi ya 17 años?
Incluso existe un papel en el cual mismo señala que si no le
pagan esa cantidad el se da por pagado con las partes del predio que le tocan
de herencia a mi madre y tía.
Espero me puedas ayudar a entender y explicarme lo antes
dicho ya que mi mama es una persona enferma de 66 años y mi tía de 84 años y
cualquier preocupación las altera mucho y no creo que sea justo por eso espero
me comprenda para ver que opciones tenemos y si en realidad el puede salirse
con la suya GRACIAS.
Atentamente:
zebez

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Primero es saber de donde me escribes, porque las leyes no son iguales en todos los sitios,
en españa si tu abuela era la usufructuaria, tenia derecho a poseer y alquilo o lo que fuese necesario, mietnras viviera,
si estuvisteis viviendo si ningún tipo de notificación y después la tuvisteis debisteis presentaros en el juzgado
después de muerta tu abuela, los herederos tienen que tomar posesión de forma inmediata,
yo de vosotros dependiendo de donde estéis, yo buscaría un abogado y tomaría de forma inmediata la ehrencia, como ususfructuaria no podía realizar ningún tipo de obras salvo para mantenimiento y con comunicación a los propietarios del inmuebles que erasis vosotros .
Tomar posesión y después a juicio por las obras y pedir indemnización pro daños y perjuicios, oponeros a la senctencia que os obliga a pagar,
Un abogado es lo mejor y cuanto antes mejor para evitar muchos problemas

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