Cobro de letras

Hola Joseamart
Imagino que las leyes cambian de un país a otro pero tal vez sepas. Te estoy hablando de Bogotá, Col. Una persona nos firmo dos letras por 8 millones de pesos colombianos y ahora no las quiere pagar. Un abogado dice que no se pueden cobrar porque quedaron mal elaboradas pero imagino que debe haber alguna alternativa en ese caso. Me puedes ayudar por favor y mil gracias por tu respuesta. Saludos!

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Desde el punto de vista del derecho español para que las letras tengan fuerza ejecutiva deben cumplir una serie de requisitos formales, si no se cumplen no se puede acudir al procedimiento específico que hay para cobrar las letras, pero esto no impide que se pueda reclamar la deuda que se contiene en esa letra a través de los procedimientos ordinarios, esa letra, que cuenta con la firma del deudor sirve de prueba para acreditar que hay una deuda e intentar cobrarla aunque no sea por el procedimiento cambiario o de ejecución
Esto es desde el punto de vista del derecho español, no le puedo garantizar que estos principios se apliquen también en su país, me imagino que también existirá esa posibilidad, pero nadie mejor que un abogado de su país para confirmarselo

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