Pregunta sobre alzamiento de bienes.
Buenas noches,
Soy de España, mi padre es el administrador de una sociedad que lleva dos años sin trabajar prácticamente y que tuvo perdidas durante este tiempo. Hemos tenido que ir vendiendo todos los coches de la sociedad, así como despedir a los empelados y hacer malabarismos para llegar a fin de mes. Esto ha producido en mi padre un estado de enfermedad y evasión de la realidad bastante severo. El caso es que a principios de Noviembre tenemos un juicio con una ex-empleada a la que despedimos de manera improcedente (no había dinero en la empresa). Tenemos el acto de conciliación, por el cual solicitarán una suma. Nosotros siempre nos hemos mostrado en predisposición de pagar, el problema es que literalmente no hay dinero. Yo he tenido que ocuparme de realizar todas las ventas (en nombre de mi padre) e ir pagando deudas, y hoy mismo he realizado la última venta, ¿consistente en un vehículo de empresa de 9500?. El problema es, que hablando con un compañero abogado, me ha comentado que podrían imputarnos un alzamiento de bienes. Yo le he dicho que con ese dinero queremos pagar deudas de la empresa por unos 4000-¿5000? Y con el resto pretendemos vivir hasta que yo encuentre empleo (de hecho hay más deudas), pero no sabe si eso será suficiente para justificarlo. Por otro lado me dice que también es rarísimo que el fondo de garantía salarial busque, o en todo caso que haya problemas por una suma tan pequeña... Pero estoy realmente preocupado. En ningún momento hubo mala fe, simplemente quisimos vender todo lo posible para ir pagando cosas y sobretodo poder vivir.
Otra pregunta que tengo, es que si en el supuesto de que nos imputaran y tuviéramos que justificar en qué se gastó el dinero, si futuras deudas a corto plazo (hasta Febrero) sirven para jusitificarlo (¿debemos por otro lado 2000? A la Seguridad Social). Es decir, si se debe justificar mediante pagos realizados, o puede justificarse mediante pagos próximos. De hecho tenemos una linea de crédito con el banco, y también hemos pensado que ingresando el dinero ahí sería como ir satisfaciendo la deuda al banco (acreedor), pero no sabemos si es correcto.
Gracias de antemano de verdad y un saludo.
Soy de España, mi padre es el administrador de una sociedad que lleva dos años sin trabajar prácticamente y que tuvo perdidas durante este tiempo. Hemos tenido que ir vendiendo todos los coches de la sociedad, así como despedir a los empelados y hacer malabarismos para llegar a fin de mes. Esto ha producido en mi padre un estado de enfermedad y evasión de la realidad bastante severo. El caso es que a principios de Noviembre tenemos un juicio con una ex-empleada a la que despedimos de manera improcedente (no había dinero en la empresa). Tenemos el acto de conciliación, por el cual solicitarán una suma. Nosotros siempre nos hemos mostrado en predisposición de pagar, el problema es que literalmente no hay dinero. Yo he tenido que ocuparme de realizar todas las ventas (en nombre de mi padre) e ir pagando deudas, y hoy mismo he realizado la última venta, ¿consistente en un vehículo de empresa de 9500?. El problema es, que hablando con un compañero abogado, me ha comentado que podrían imputarnos un alzamiento de bienes. Yo le he dicho que con ese dinero queremos pagar deudas de la empresa por unos 4000-¿5000? Y con el resto pretendemos vivir hasta que yo encuentre empleo (de hecho hay más deudas), pero no sabe si eso será suficiente para justificarlo. Por otro lado me dice que también es rarísimo que el fondo de garantía salarial busque, o en todo caso que haya problemas por una suma tan pequeña... Pero estoy realmente preocupado. En ningún momento hubo mala fe, simplemente quisimos vender todo lo posible para ir pagando cosas y sobretodo poder vivir.
Otra pregunta que tengo, es que si en el supuesto de que nos imputaran y tuviéramos que justificar en qué se gastó el dinero, si futuras deudas a corto plazo (hasta Febrero) sirven para jusitificarlo (¿debemos por otro lado 2000? A la Seguridad Social). Es decir, si se debe justificar mediante pagos realizados, o puede justificarse mediante pagos próximos. De hecho tenemos una linea de crédito con el banco, y también hemos pensado que ingresando el dinero ahí sería como ir satisfaciendo la deuda al banco (acreedor), pero no sabemos si es correcto.
Gracias de antemano de verdad y un saludo.
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