Incapacidad permanente por accidente

Hola,
tengo una duda sobre como me calcularan la pensión cuando cumpla 65 años
Mi caso es el siguiente. ¿Soy pensionista por incapacidad permanente por accidente de trabajo 55% 1.000? Y a partir de los 55 años un 20% más. Nunca e trabajado a partir del accidente
¿Cómo me calcularan la pensión cuando cumpla los 65 años?
Un saludo y gracias

1 respuesta

Respuesta
1
La pensión será la misma, solo cambiará el nombre
Las pensiones de incapacidad permanente, cuando sus beneficiarios cumplan la edad de 65 años, pasarán a denominarse pensiones de jubilación. La nueva denominación no implicará modificación alguna respecto de las condiciones de la prestación que se viniese percibiendo
Bueno, darte las gracias por la repuesta y aprovecho la ocasión para acerté las siguientes
preguntas
Y que sucede en el caso de llegar a los 65 años con la pensión por incapacidad y tabanjado
por cuenta ajena
¿Seguiré cobrando dos pensiones?
¿Me recalcularan la pensión por la ultima empresa que e trabajado?
Un saludo y muchas gracias
Las dos pensiones son incompatibles, por lo que llegada la edad de 65 años deberá elegir entre una u otra (jubilación o incapacidad), teniendo en cuenta la cuantía de ambas

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