Pensionista con deudas

Tengo 44 años, soy pensionista, tengo una minusvalía desde hace 8 años por mal funcionamiento de un órgano vital, llevo separada 7 años y mi ex marido me dejó una deuda de cerca de 23.000 euros entre préstamo y varias tarjetas, aparte del piso . Este último lo vendí y pague yo parte de los prestamos, pero al estar de baja y sin trabajo cerca de cuatro años no pude hacer frente al resto de los pagos .¿Uno de los bancos ya vino a embargarme por una tarjeta con una deuda de 1.200? Pero al ver que no tenia propiedades ni trabajo ni ingresos puso en el informe delante de la policía que era insolvente, he de decir que el préstamo principal es de 12.000 euros y ahora piden 22.000 euros, algo increíble, ¿el resto como he comentado es de dos tarjetas . Mi pregunta es la siguiente ahora voy a cobrar unos 6.200? De fogasa, se que hay una multa de hacienda por incremento de valor de fecha 1999 que ya pagó mi ex marido y me siguen reclamando a mi .. Pueden embargarme el dinero de la cuenta, ¿o bloquearmela? ¿Mi abogada me comentó que le hiciera un poder notarial pero no puedo pagarlo porque solo cobro 257? ¿De penson y 300? E alimentos de mi hija .
Gracias .
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Cualquier dinero que se le ingrese en una cuenta es susceptible de ser embargado, si esa cantidad no es por salarios sino por indemnización no se le aplicaría los límites legales de dinero embargable
Gracias por contestarme tan pronto pero no llego a comprender lo que me dices .
EL cobro que me van a realizar es por salarios . No tengo ninguna notificacaón de embargos de ningún banco, en este caso sería el BBVA por valor en un principio se pidieron 12.000 y me reclaman casi el doble, Caja Madrid (tarjeta ya pagada pero no justificada por haber realizado el ingreso mi ex marido, ¿según el claro está ) por 1.300? ¿Y Bancaja de otra tarjeta no abonada de 1.800?.
¿Es posible entonces que me embarguen el total del ingreso?..
Cabe esa posibilidad en cuyo caso usted deberá recurrir contra ese embargo solicitando su nulidad de pleno derecho por recaer sobre dinero inembargable
Osea, ¿lo qué me quieres decir es que el ingreso por salarios no es inbargable..?..
El salario es embargable dentro de ciertos límites
El salario mínimo es inembargable (633 euros), la cantidad que exceda hasta una cifra igual (otros 633 euros) solo el 30% etc
Puede comprobar estas limitaciones en el art 607 del código civil: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/l1-2000.l3t4.html#a607
El embargo del 100% de esa cantidad que le van a ingresar será nulo y deberá ser su abogada quien lo impugne y haga las cuentas para determinar que cantidad es embargable, evidentemente no se tiene que tener en cuenta los 6.200 euros como un total sino que dicha cantidad se ha de distribuir entre los meses que se le adeudaban y en base a esa división se sacará el porcentaje objeto de embargo, pero esto será ya trabajo de su abogada
Muchas gracias, ahora si he entendió tu explicación, me había liado un poco con la técnica de las palabras, pero me has ayudado lo suficiente como para saber a que me atengo y que es lo que debo de hacer.
Gracias de nuevo .

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