¿Puedo demandar a mi expareja por daños y perjuicios?

Estoy en proceso de divorcio contencioso y estamos en gananciales. El caso es que tenemos unos valores de inversión los cuales quiero liquidar pues necesito el dinero para poder hacer frente a los gastos de la sociedad ganancial, ya que ella no se hace cargo al 50%... Todo el peso lo llevo yo y de momento se niega a firmar el documento que me da la libertad de poseer del 50% del dinero de los valores, el otro 50% que se lo quede ella... Ya liquidaremos más adelante. Pero ¿Puedo demandar a mi expareja por daños y perjuicios, si no me deja disponer del 50% de un producto financiero que tenemos en común? Creo que coarta mi libertad de poseer de un efectivo que es de mi propiedad al 50%... Me pone en situación complicada ante las diferente entidades que nos reclaman la hipoteca, préstamo personal etc... No quiero tener problemas de morosidad, pues nunca las he tenido, pero el no poder de disponer de ese efectivo me causa daño y quebraderos de cabeza, la entidad financiera nos pide ambas firmas, para rescatar el producto de inversión...

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No le puede, salvo mejor opinión, demandar por eso. Lo único que podría hacer es iniciar un procedimiento judicial para disolver ese bien común pero, si ya están en procedimiento de divorcio y disolución de bienes gananciales, no le merece la pena, es mejor que espere y con la liquidadción de gananciales podrá usted disponer de ello.

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