Reclamación antes o después
No se si usted atiende estas cuestiones pero yo pregunto. El caso es que yo he obrado un anexo a una casa de una tía abuela mía la cual nos tenía el testamento hecho (desde 1976) y nos dijo que a cambio de cuidarla que nos dejaría la dichosa casa. Como yo tenía un dinero, decido, siempre con su consentimiento hacer la obra anexa, o sea, la casa constaba de un patio y yo he obrado el patio, 50 m2, hice un bajo comercial (que actualmente tengo un negocio desde febrero) y un primer piso. En Abril vienen otros sobrinos, la encamelan y ella cambia el testamento por lo que yo me quedo en la put... Calle y sin un duro(aunque no he abandonado el negocio). Me he puesto en manos de un abogado, el cual me dice que debemos de reclamar el valor de la obra, y que me lo tienen que abonar ya que ella estaba viviendo con nosotros, había un testamento y tengo todas las facturas y las declaraciones ante notario de los obreros en como yo he contratado, he pagado y la vieja ha consentido (albañil, electricista, etc) . Mi pregunta es la siguiente: ¿Cuándo cree usted que debemos de emprender las acciones legales, con la vieja viva o cuando estire la pata, se abra testamento y yo reclamar la obra? Cierto que yo estoy en suelo ajeno y sin arrendamiento, pero ellos viven en "mi piso", también he preguntado en la abogada de mi ayuntamiento y me dijo que me miraría el tema, porque yo en este momento estoy como precaria, pero que ellos también estaban viviendo en una obra que no es suya... ¿qué opina?
Del bajo tengo licencia de apertura, pago mis impuestos, luz y agua, de hecho la luz y el agua de la parte de la vivienda en la que están también corren a mi cuenta.
Del bajo tengo licencia de apertura, pago mis impuestos, luz y agua, de hecho la luz y el agua de la parte de la vivienda en la que están también corren a mi cuenta.
2 respuestas
Respuesta de may1971
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Respuesta de Abogados Edo
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