Resolución contrato de compraventa vivienda

Me pongo en contacto con usted, para ver si es tan amable en ayudarme sobre la intención de resolución de un contrato de compraventa por la no obtención de la financiación prevista. Intentaré ser breve:
En 2007 suscribí un contrato de compraventa con una promotora para la adquisición de mi primera vivienda habitual. En 2009 cuando me iban a hacer entrega de dicha vivienda acudí a la entidad financiera que gestionaba el préstamo promotor, la cual me denegó el préstamo mediante un carta firmada por dicho banco. Dicha carta la remití mediante burofax a la promotora solicitándole la devolución de todas las cantidades a cuenta sujetándome a una cláusula del contrato que le describo textualmente:
"Tanto en el supuesto de no obtenerse la conformidad de la entidad financiera a la subrogación del comprador en la garantía hipotecaria y en la obligación personal derivada del préstamo, como en el caso de la no obtención del crédito hipotecario solicitado, la parte compradora se obliga a pagar a la parte vendedora el total importe previsto para dicho préstamo en el plazo de quince días desde la notificación al comprador de la denegación del préstamo y, en todo caso, hasta el momento de la entrega de llaves y cuando sea requerida para ello tras la terminación de las obras. El incumplimiento de esta obligación será causa de resolución del presenta contrato a instancia de la parte vendedora. No obstante, el comprador podrá optar por la resolución del contrato, en el momento en que conozca la no conformidad de la entidad financiera con la subrogación, con devolución de todas las cantidades entregadas a cuenta en el mismo plazo previsto en el párrafo anterior."
Tras varios burofax que iban en la dirección que le comentaba finalmente la promotora me demandó por no comprar la vivienda ! Increíble¡
Le estaría enormemente agradecido si pudiera ayudarme porque estoy bastante desesperado.

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Si le han presentado demanda debe sin demora acudir a un abogado para intentar negociar y de no ser posible contestar a la demanda en el plazo de 20 días que le habrán dado
Es imprescindible que no deje pasar este plazo si no perdería su derecho a contestar a la demanda y su defensa en juicio sería más complicada
Si efectivamente se incluyó esa clausula en el contrato que le permite resolverlo, deberá su abogado oponer a la pretensión del vendedor su ejercicio de la resolución del contrato

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