Como cobrar un embargo de local hipotecado por constru

Mi historia es la siguiente:
Hace casi 3 años mis nuevos vecinos, dígase p.e. La constructora Platón 2000 S.L., derribaron el edificio colindante al mío y no protegieron mis paredes para evitar infiltraciones. La consecuencia fueron varias paredes dañadas, muebles empotrados para tirar, etc, etc, ¿por un total peritado de 10.000?.
Después de intentar por las buenas llegar a un acuerdo con la constructora y no conseguirlo puse el caso en manos de la asesoría jurídica de mi compañía de seguros.
A mediados del pasado año y antes de llegar a juicio mi abogado llegó a un acuerdo con la otra parte. Dicho acuerdo jurídico entre partes no se abonó, por lo que se pidió el embargo de cuentas o posesiones. De la información extraída por mi abogado tan sólo pudimos pedir el embargo del local que aparecía a nombre de la compañía. Mientras tanto la constructora acabó el bloque de pisos (10 en total) con sus dos locales y aparcamientos. Por lo que sé vendió 2 pisos y un local (el otro local es el que está a su nombre e hipotecado) y el resto están de alquiler y venta en una inmobiliaria.
¿Después de 6 meses el registro nos ha informado que ya se ha inscrito el embargo del local pero que sobre el pesa una hipoteca de 300.000? Que la constructora sigue pagando.
Ante mi pregunta de si cobraré la deuda contraída, mi abogado se limita a decir que tengo un 'embargo' de una posesión que pertenece a la constructora y que ya no puede hacer nada más.
La cuestión que hago extensiva a todos vosotros es obvia. Después de casi 3 años me gustaría conocer los resortes legales que tengo para conseguir cobrar esa deuda porque no tengo esperanzas de que dicha constructora, que además es S.L y pocos visos de ser viable (algún vecino del inmueble colindante me asegura que tienen previsto cesar actividad durante este mes de enero), acabe vendiendo el local.
¿Alguna ayuda?. Estoy ligeramente desesperado y no se a que atenerme ni a donde acudir. Me indigna que después de tanto tiempo la respuesta del abogado que me representa sea la de "hasta aquí hemos llegado y yo me bajo del tren aquí". ¿No hay ninguna otra posibilidad aparte de la de poner un cirio y rezar para que sigan pagando la hipoteca y vendan el local y quizás mis binietos cobren el embargo?. ¿Qué garantías tengo?. Porque por lo que entiendo si la constructora deja de pagar la hipoteca, los primeros deudores son hacienda, la SS y el banco, y después el resto de afectados. Que puedo hacer para que esto no quede en otro caso de otro 'primo' 'damnificado' más de este colectivo mafioso de constructores.

1 Respuesta

Respuesta
1
A ver con su embargo usted podría pedir la ejecución del bien, pero el asunto esta en que el mismo se subastaría subsistiendo la hipoteca, con lo que dada la situación actual poca gente acudiría a la misma. Por otro lado, si quien acaba ejecutando es el banco, su embrgo desaparecería por cuestión de purga hipotecaria. Cuestiones estas que se le deberían haber explicado, previa a la realización de este embargo, pues en ocasiones, los mismos, los hemos de desaconsejar dada su poca efectividad futura.
Con sinceridad, su mejor opción seria que la SL acabará de abonar la hipoteca, vendiera a un tercero, y este le abonara la cantidad que ustedes acordasen( en principio aquella por la que se acordó el embargo), para que usted accediera al levantamiento del mismo.
Lamento no poder decirle nada distinto, pero repito, todo esto ya se le debía haber comunicado.
¿Se puede realizar alguna otra acción contra la Promotora, revocando previamente el embargo?. En caso contrario daría la impresión que al solicitar el embargo te la 'juegas' literalmente hablando.
¿Hay algo que hacer con respecto a los propietarios de la promotora? Es decir, tienen ellos que responder con su patrimonio, ¿o no?
Gracias por tu respuesta pese a que abonen el profundo desencanto que tengo con la justicia y el sistema
Jose
Otra vez Jose, lamento decirte que sin ser quien ha llevado el expediente y sin conocerlo en profundidad, como entiendo será el caso de tu abogado, no se me ocurre que proponerte, ademas el tema de la derivación de responsabilidad exige nuevo tiempo y gastos, con lo cual, previo a hacer nada, lo normal es realizar una averiguación patrimonial, y luego decidir. No lo des todo por perdido, puede que vendan el local a un tercero, quedando subsistente tu embargo, y a futuro, puedas hacer algo.
Muchísimas gracias,
Debo reconocer que he aprendido más del caso en dos días de íntesa búsqueda en páginas de este tipo que todo lo que he 'extraido' del abogado que ha llevado este caso. Como en todo, hay profesionales de todo tipo en todos los lugares. Sin duda agradezco enormemente la posibilidad de poder comentar el tema con buenos profesionales que además intentan explicártelo de la manera más sencilla posible.
No puedo más que agradeceros esta ayuda.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas