Problema con multa de aparcamiento sin notificar.

Mi experiencia ha sido la siguiente. En Enero de 2009 viajé a Granada y por lo visto fui sancionado por mal estacionamiento sin que el agente correspondiente me dejara ningún aviso, por lo que yo no sabia que había sido sancionado. Ahora dos años después me encuentro con que me quieren embargar y la suma asciende a 400 euros. De hecho ya me han embargado por valor de casi 200 euros y tengo congelado en mi cuenta otros tantos. Después de ver esto pregunto al banco sobre el embargo y me dicen que es del ayuntamiento de Granada, seguidamente llamo al ayuntamiento y me comentan que es de una multa de estacionamiento de el año 2009 que se ha incrementado por no atender a las notificaciones, les digo que yo no poseo ninguna y les pregunto sobre la dirección a la que me las han enviado y la dirección que me dicen corresponde con mi antiguo domicilio. Si bien es cierto que el permiso de circulación esta en dicha dirección ya que no pude cambiarlo por no estar al corriente con el "numerito", la dirección que reza en tráfico para enviarme las notificaciones es la de mi domicilio actual a la que me han llegado todas las demás notificaciones de distintas sanciones. Es más, la semana pasada me llegó una sanción de radar directamente a mi domicilio actual beneficiándome del pronto pago. He ojeado la ley 17/2005, de 19 de Julio y expresa que las notificaciones deben ser enviadas al domicilio que haya sido elegido en trafico por el propietario y si no fuera posible al domicilio del carnet de conducir y por ultimo al domicilio del vehículo. También he visto que esta publicada en el BOP. ¿Puedo recurrir dicha multa alegando que el ayuntamiento de Granada no se ha preocupado en localizarme pues las notificaciones me llegan a mi domicilio actual sin problema de acuerdo con la ley antes citada? ¿Si esta publicado en el BOP tengo opciones a recurrir? ¿Por qué me quieren embargar dos veces si solo fue interpuesta una sanción? Perdón por tanta pregunta.

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Los ayuntamientos notifican a la dirección donde este domiciliado el vehículo, si no consiguen notificar, lo realizan en el BOP. Esto es completamente legal y después de tanto tiempo y el embargo, no creemos que tenga muchas posibilidades de recurso, más que el Contencioso Administrativo, que le saldría más caro que la sanción y pocas posibilidades de éxito. Es su obligación tener domiciliado el vehículo en su domicilio actual, para evitar estos problemas.
El que le embarguen en dos veces, puede ser por varios motivos, pero es legal y muy normal, ¿tendrá qué pagar los 400? Al final de todo.
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Muchísimas gracias por la respuesta. Es una pena pero tendré que tomármelo con filosofía. Una última pregunta si no es molestia. ¿Puedo hacer la transferencia del vehículo a mi domicilio actual con el último numerito en regla? O también tengo que liquidar el que tengo pendiente. Muchísimas gracias por todo.
Normalmente con el ultimo año en trafico le aceptaran realizar el cambio de domicilio, ademas de con el padrón municipal... Pero seguro que su ayuntamiento le reclama los impuestos no pagados.
Agradecemos valoración de la respuesta.

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